La Guardia Civil caza a un conductor en furgoneta circulando a 185 km/h

La Guardia Civil ha multado a un conductor de una furgoneta que duplicaba el límite de velocidad, circulaba a 185 km/h con una limitación de 90 km/h.
Los agentes de la Guardia Civil están más que acostumbrados a conductores que superan todos los límites de velocidad. Algunos incluso intentan superar el máximo que pueden captar los radares en España.
Un radar ubicado en la AP-9 a su paso por la provincia de A Coruña ha captada a un conductor de una furgoneta circulando a una velocidad de 185 km/h. Los agentes del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) buscan al infractor.
Un conductor duplica el límite de velocidad
La infracción ha sido captada por los agentes de la Guardia Civil mientras realizaban un control de velocidad mediante radar láser. Pronto detectaron una furgoneta que circulaba duplicando el límite legal establecido para este tipo de vehículos.
Las furgonetas mixtas, vehículos que pueden transportar personas y mercancías de forma simultánea, deben circular en autovías y autopistas a un máximo de 90 km/h, hasta 80 km/h en carreteras convencionales y 70 km/h en carreteras convencionales con menos de 1,5 m de arcén.
Otros vehículos comerciales como las furgonetas ligeras con una sola fila de asientos pueden circular a 100 km/h en autovías y autopistas, hasta 90 km/h en carreteras convencionales con más de 1,5 m de arcén y 80 km/h en carreteras con menos de 1,5 m de arcén.
El conductor duplicaba el mínimo establecido, pero los agentes de la Guardia Civil decidieron no iniciar una persecución. Las condiciones meteorológicas no eran adecuadas con una escasa visibilidad, así que lo dejaron en manos del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT).
Pena de prisión y retirada de carnet
Los agentes del GIAT han identificado finalmente al conductor, un hombre residente en A Coruña que se enfrenta a un delito grave contra la seguridad vial. El Reglamento General de Circulación deja claro que los vehículos de carga como furgonetas tienen limitada su velocidad a 90 km/h en esta vía.
El conductor ha superado en más de 80 km/h el límite permitido en vías interurbanas. El artículo 379 del Código Penal impone una pena de prisión de 3 a 6 meses y una multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad entre 31 a 90 días.
El infractor también pierde el carnet de conducir vehículos a motor y ciclomotores por un periodo de entre 1 y 4 años. La gravedad de la pena dependerá de si su actuación puso en peligro a otros conductores o causó daños materiales.

