Entra en vigor el 1 de octubre: La DGT permitirá a las motos circular por el arcén, pero se tienen que dar unas circunstancias y cumplir unas normas

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La DGT confirma que a partir del mes de octubre, según recoge el Reglamento General de Circulación, se permitirá a las motos circular por el arcén lateral de las carreteras.
La Dirección General de Tráfico ha anunciado cambios en las carreteras españolas relacionados con las motos y los arcenes. A partir del próximo 1 de octubre entra en vigor una modificación importante en el Reglamento General de Circulación que permitirá utilizar el arcén en situaciones de tráfico denso, aunque deberán cumplir una serie de requisitos.
Con esta medida, la DGT busca mejorar la fluidez del tráfico y reducir el riesgo de alcance en situaciones de caravanas. Ahora bien, para poder acogerse a esta excepción, los motoristas deberán cumplir con unos requisitos específicos orientados a evitar accidentes.
Requisitos de la DGT para que las motos puedan circular por el arcén
El cambio normativo establece que las motos podrán acceder al arcén solamente en los tramos que se encuentren debidamente señalizados para este fin y siempre que las condiciones de la vía no supongan un peligro añadido para el resto de usuarios.
Además, y lo más importante de esta medida, la velocidad estará limitada a un máximo de 30 km/h para cualquier motocicleta que avance por el arcén, sin excepción. De esta forma se pretende evitar adelantamientos a gran velocidad sobre turismos detenidos.
Asimismo, se garantiza que el motorista disponga de margen de maniobra ante la apertura imprevista de una puerta o una incorporación repentina.
En cualquier caso, la prioridad en el arcén seguirá correspondiendo a los vehículos que por avería o emergencia deban hacer uso de él, así como a los servicios de rescate.
Por ello, los moteros deberán extremar la precaución y reincorporarse de inmediato a los carriles principales en caso de encontrar cualquier obstáculo o vehículo detenido en dicha franja.
Las motos podrán circular por el arcén a partir del 1 de octubre como ya pasa en otros países
Con esta modificación del uso del arcén, Tráfico busca equiparar la normativa española a la de otros países europeos que ya permiten esta práctica con éxito.
Además de ofrecer una alternativa ágil a los motoristas en momentos de atascos, especialmente, en los accesos a las grandes ciudades, la medida contribuye a aliviar la densidad de vehículos en los carriles convencionales.
Por supuesto, este nuevo escenario no estará exento de control. La DGT, a través de los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, velará por el cumplimiento estricto de las condiciones que permitirán a las motos circular por el arcén.
En caso de incumplimiento de esos requisitos, habrá sanciones económicas. Superar el límite de 30 km/h o circular por el arcén en tramos que no estén habilitados para ello supondrá una infracción que implicará la correspondiente multa.
