La DGT cambia las normas de adelantamientos: multa de 200 euros a partir de octubre

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La reforma del Reglamento General de Circulación presta especial atención a los adelantamientos a ciclistas.

Los conductores tendrán que cambiar algunos hábitos al volante a partir del próximo 1 de octubre: ese día entrará en vigor buena parte de la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, una modificación que introduce nuevas obligaciones relacionadas con los adelantamientos y que pone el foco, especialmente, en la protección de los usuarios más vulnerables de la carretera. 

Entre las medidas que más afectan a la conducción habitual se encuentra la nueva forma de adelantar a ciclistas en vías interurbanas, una maniobra que, si no se realiza conforme a las nuevas condiciones, puede acabar con una multa de 200 euros y la pérdida de seis puntos del permiso de conducir.

La principal novedad es que, cuando un vehículo adelante a un ciclista fuera de poblado, deberá hacerlo manteniendo una distancia lateral mínima de 1,5 metros y reduciendo su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite máximo permitido en ese tramo, una obligación que se aplicará antes de comenzar la maniobra y durante todo el adelantamiento.

Por ejemplo, en una carretera limitada a 90 km/h, el conductor deberá realizar el adelantamiento a una velocidad inferior a 70 km/h. Si el límite es de 70 km/h, tendrá que circular por debajo de 50 km/h mientras supera al ciclista.

Esto tendrá un impacto importante en las carreteras secundarias, sobre todo los fines de semana cuando más ciclistas salen a la carretera, donde las condiciones del tráfico, que ya suelen ser complejas, se ralentizarán todavía más.

El cambio en la normativa introduce además una condición que será especialmente relevante en carreteras con varios carriles por sentido: cuando existan al menos dos carriles en cada dirección, el adelantamiento a un ciclista deberá realizarse cambiando completamente de carril.

Ciclistas circulando por una carretera

Ya no bastará, por tanto, con desplazarse parcialmente dentro del carril contiguo para mantener la separación de seguridad. El objetivo es que entre el vehículo y la bicicleta exista un espacio suficiente durante toda la maniobra, reduciendo el riesgo asociado a diferencias de velocidad y a posibles movimientos imprevistos.

La norma considera esta conducta una infracción grave, así que el incumplimiento de estas condiciones puede conllevar una sanción de 200 euros y 6 puntos.

Además, la reforma no se limita a las bicicletas, si no que en el nuevo texto del Reglamento General de Circulación se extiende determinadas exigencias de seguridad al adelantamiento de peatones, animales, ciclomotores, vehículos de movilidad personal y otros usuarios vulnerables.

En estos casos también se aplicarán las mismas condiciones: será necesario extremar las precauciones, ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario cuando corresponda y mantener una anchura de seguridad de al menos 1,5 metros. Si la calzada dispone de más de un carril por sentido, el cambio completo de carril también será obligatorio.

Eso ocurre en carreteras interurbanas, pero la modificación también afecta a la circulación de bicicletas dentro de las ciudades. Desde octubre, los conductores de vehículos a motor deberán mantener una separación mínima de 5 metros con respecto a los ciclistas que circulen delante de ellos por el mismo carril. Además, las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril cuando las condiciones de seguridad lo permitan.

También se indica que, en determinadas calles urbanas de un solo carril y con una velocidad máxima de 30 km/h o inferior, los ayuntamientos podrán autorizar también la circulación de bicicletas en ambos sentidos, siempre que exista la señalización correspondiente.

adelantar ciclistas

Una modificación más concreta es la que afecta a aquellos repartidores que trabajen en ciudad usando bicicleta. Como parte del equipamiento que tendrán que llevar de manera obligatoria están tanto el casco, para protegerse en caso de accidente, como el chaleco reflectante, que tiene el fin de mejorar la visibilidad y evitar los incidentes.

Hay otro cambio relacionado directamente con los adelantamientos que puede tener especial importancia cuando llegue el invierno, aunque no está relacionado con las bicicletas.

En autopistas y autovías, si la circulación se ve dificultada por la nieve, estará prohibido adelantar y los vehículos deberán utilizar el carril situado más a la derecha. En vías con tres o más carriles por sentido se podrá utilizar también el contiguo, mientras que los restantes deberán quedar libres para facilitar el paso de vehículos de emergencia y quitanieves.

Todo esto es consecuencia de la aplicación de las modificaciones aprobadas en el Reglamento General de Circulación, vía el Real Decreto 518/2026, que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 26 de junio y que establece el 1 de octubre de 2026 como fecha de entrada en vigor de buena parte de sus cambios.

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Mario Herráez

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España