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Renting o leasing, ¿qué interesa más?

Renting y leasing, ¿conoces las diferencias?
Los dos son tipos de alquiler de coche a largo plazo, y son especialmente indicadas para empresas y autónomos, pero, ¿cuáles son sus diferencias?

Renting o leasing, ¿qué interesa más? Los dos son tipos de alquiler de coche a largo plazo, y son especialmente indicadas para empresas y autónomos, si bien entrañan diferencias. ¿Quieres conocerlas? Te las presentamos...

Además de la compra de un coche (la manera más habitual de tener un vehículo en España, sobre todo entre particulares), es posible disponer de un coche a diario con otros tipos de fórmulas; una que se ha popularizado recientemente es el 'carsharing' (alquiler de un coche por horas), el renting y el leasing. El primero es ideal si lo que se necesita es un coche de manera puntual, para ir de un sitio a otro. Las otras dos son formas de alquiler a largo plazo, y hoy vamos a analizarlas a fondo.

Diferencias entre renting y leasing

Las diferencias principales entre renting y leasing residen en la finalidad y los servicios que ofrecen.

Renting

  • Su finalidad es el uso del coche durante un período determinado, no su adquisición final. Por ello, no recoge la opción de compra una vez finaliza el contrato (aunque es cierto que normalmente, si el cliente quiere, puede pagar un precio residual y quedarse con él). 
  • El renting puede ser contratado tanto autónomos y empresarios, como particulares.
  • Con el renting, el coche es propiedad a la empresa que lo alquila, y no del usuario.
  • Con el renting, el usuario paga una cuota (que depende del vehículo, de los kilómetros que se espera recorrer, servicios...) y, a veces, una fianza. Esta cuota incluye los gastos que suele suponer un coche (seguro, matriculación, mantenimiento). Es decir; si el vehículo tiene alguna avería, se ha de pagar algún impuesto, es la empresa arrendataria la que ha de hacerse cargo (ojo, esto no incluye gasolina, peajes o multas). ¿Qué significa esto? Que, por lo general, las cuotas del renting son más altas que las del leasing.
  • La duración de un contrato de renting suele oscilar de entre uno y cinco años.

Leasing

  • El leasing se considera una forma de financiación del vehículo. Esta forma de alquiler a largo plazo sí refleja en su contrato la opción de compra al final del período (es el cliente si, al llegar el fin del contrato, decide comprarlo o no; si lo compra, ha de pagar el valor residual del vehículo).
  • Va dirigido a empresarios y autónomos. Es decir, el leasing no es para particulares.
  • El leasing es un arrendamiento financiero regulado por la Ley 26/1988. Tiene una duración de entre dos y seis años. Al finalizar el contrato, se puede optar por comprar el vehículo pagando el valor residual. Si no se desea adquirir el coche, se podría pedir una prórroga, para lo cual se tendrían que negociar nuevas cuotas, nuevo vehículo y nuevo contrato.
  • El leasing, al ser considerado una forma de financiación, no incluye en sus cuotas los gastos de mantenimiento, impuestos, seguro... Las cuotas del leasing son más bajas que las del renting; pero recuerda que si el coche tiene algún problema, serás tú el que se tenga que hacer cargo.

Renting o leasing para particulares

Así, tal y como ya hemos comentado antes en esta comparativa renting vs leasing, una de las principales diferencias entre el renting y el leasing es que el primero sí puede ser interesante para particulares, mientras que el leasing es más indicado para autónomos o empresas.

Diferencias fiscales entre leasing y renting

Una de las grandes ventajas que ofrecen el renting y el leasing es su tratamiento fiscal. La compra supone un incremento del patrimonio, puesto que el bien pasa a formar parte del inmovilizado de la empresa. En cambio, con el leasing y el renting. Por otro lado, la financiación de la operación incrementa el endeudamiento y se refleja en el pasivo.

Aunque el leasing es una forma de financiación del coche, el bien no pasa al activo de la empresa o autónomo (a no ser que, al final del contrato, se ejecute la compra). Por su parte, con el renting, como forma de alquiler a largo plazo 'puro', el coche nunca pasa a ser parte los activos de la empresa, autónomo o particular. 

¿Cuáles son las diferencias fiscales entre el renting y el leasing? En este aspecto, la mayor diferencia entre el renting y el leasing se refleja en el balance de la empresa; el leasing figura en el activo como inmovilizado y en el pasivo como una deuda a largo plazo, y el renting, sin embargo, supone un gasto más del ejercicio con repercusión en la cuenta de resultados.

Ventajas fiscales del renting y el leasing

El tratamiento fiscal que tenga tanto el renting como el leasing va a depender de si el coche se usa únicamente para trabajar, o si lo combinas para uso profesional y personal. De hecho, para que sea posible desgravarse determinados impuestos con el renting o con el leasing, es imprescindible que quien haya comprado el coche sea un autónomo o una empresa, y que su fin sea única y exclusivamente ejercer una actividad económica.

Renting vs. leasing: tratamiento fiscal

El renting es un tipo de alquiler a largo plazo, por lo que las cuotas se consideran un gasto. Es decir, tanto autónomos como empresas que opten por el renting podrán deducirse el 100% del IVA de las cuotas, a no ser que el coche sea un turismo. En este caso, solo podrías desgravarte del 50% del IVA, ya que la Ley presupone que su uso combinará actividad económica y vida personal. 

Renting: todo lo que debes saber

Los autónomos que opten por el renting podrá deducirse hasta el 100% del IRPF de las cuotas de renting, siempre que pueda demostrar que el coche se usa para su actividad económica.

En el leasing, el IVA corresponde al del precio final del vehículo, mientras que la cuota mensual incluye dos conceptos: 

  1. La recuperación del coste del bien, que se considera partida fiscalmente deducible, hasta el triple del coeficiente máximo de amortización según las tablas oficiales en el caso de las pymes y los autónomos del régimen de estimación directa (hasta el doble en el caso de grandes empresas).
  2. La carga financiera que se abona a la entidad arrendadora, que se considera gasto o partida fiscalmente deducible.

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