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Conflicto de intereses con mi aseguradora. ¿Qué significa esto y qué puedo hacer para solucionarlo?

Conflicto de intereses con mi aseguradora
Las cosas no son, nunca, como constan en tu contrato.

En general, las compañías aseguradoras nunca ponen fácil el pago de las indemnizaciones, y esta dificultad se incrementa si el que la reclama es un abogado que el asegurado ha designado libremente. Además de haber tenido un accidente de tráfico del que no hemos sido culpables, nos indican que incurrimos en conflicto de intereses con nuestra propia compañía, pero ¿cuál es la fórmula más eficaz para resolverlo? Te ofrecemos, con la colaboración de traficoayuda.es, unos consejos para resolver este tipo de conflicto.

El conflicto está siempre servido

Ya se trate de nuestra propia compañía aseguradora o de otra distinta obligada al pago, el conflicto está siempre presente, pues nosotros, como perjudicados en el accidente, tendremos interés en que se nos indemnice y pague por la totalidad de los daños y perjuicios sufridos, como dice la ley, hasta reponer nuestro estatus de perjudicado al momento previo del accidente -como si este nunca hubiera existido-. Este interés, indudablemente, generará conflicto en la reclamación presentada frente a la aseguradora, siempre que la reclamación esté pormenorizadamente realizada y comprenda la totalidad de los daños y perjuicios sufridos. En ellos se encontrarían, entre otros no menos importantes, los gastos derivados de un vehículo de sustitución cuando este no nos lo haya facilitado la compañía implicada, propia o contraria, así como, en caso de declaración de siniestro total, el cambio de nuestro propio vehículo por otro de iguales o superiores características. Así corresponde a las obligaciones de la aseguradora, establecidas por el Tribunal Supremo.

Las cosas no son, nunca, como constan en tu contrato

Está afirmación tan rotunda y taxativa cobra pleno sentido, ya que, ante un accidente del que no hemos tenido la culpa, nuestros derechos no nacen del contrato, sino del propio accidente y del marco legal que se dibuja a su alrededor. Esto no nos impide que, además, podamos recurrir a los derechos que tengamos reconocidos por ese contrato.

Recurre a tu cláusula de defensa jurídica

Casi la totalidad de las pólizas incluyen una cláusula de defensa jurídica que nos cubre los gastos de una posible reclamación judicial. Debes saber que, aun cuando estos pudieran venir limitados en tu contrato, estos límites no operan en caso de conflicto de intereses.

Reclama y demanda a tu propia compañía como si no lo fuera

En caso de un conflicto de intereses, tu compañía no es quien defiende los tuyos. Debes procurarte tu propia defensa mediante la cláusula de defensa jurídica y plantear tu reclamación o tu demanda -en caso de resultar necesario- como si de una compañía ajena se tratara. Elegir un profesional independiente para resolver el conflicto de intereses no perjudica nuestro derecho a que se perite el vehículo, a la asistencia sanitaria o a cualquier otro gasto que, por contrato o responsabilidad, deba soportar la compañía aseguradora. Estos derechos y cómo ejercerlos se torna, por lo tanto, en algo prioritario.

Información facilitada por traficoayuda.es

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