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Cómo se cambia la titularidad de un coche, paso a paso

Cambio titularidad coche
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Un trámite necesario.

Seguro que alguna vez has escuchado a algún amigo/vecino/cuñado contar la odisea de un conductor que tras vender su coche recibía las multas del nuevo propietario. O al revés, que el actual dueño de repente descubría antiguas sanciones o causas pendientes de resolver.

Para evitar estos problemas, que en ocasiones se convierten en verdaderas pesadillas, hay que ir con pies de plomo. Si no conoces al vendedor, lo ideal es pedir un informe de tráfico antes de cerrar la compra y siempre hacer un cambio de titularidad antes de empezar a funcionar como si el coche fuese tuyo.

El cambio de titularidad, también llamado transferencia, no es más que el trámite que certifica el proceso de compraventa de un vehículo y garantiza que el nuevo titular va a adquirir tanto los derechos como las responsabilidades sobre el automóvil.

Antes de cerrar la compra de un coche usado...

Lo primero de todo cuando vayas a comprar un vehículo de segunda mano, ya matriculado, a un particular, es comprobar que toda la documentación está en regla y a continuación, rellenar un contrato de compra-venta estándar (los puedes encontrar e imprimir por internet).

Necesitarás tener el permiso de circulación, la tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos y el recibo de pago del impuesto municipal de circulación. También tendrás que saldar cuentas con la Agencia Tributaria.

Una vez que tengas todos los documentos anteriormente mencionados convenientemente rellenados y firmados por ambas partes, debes abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales (el modelo 620 o el 621, según corresponda) ante la administración de Hacienda de tu comunidad autónoma, algo que se puede hacer de manera telemática.

Este impuesto es de alrededor de un cuatro por ciento del valor actual del vehículo. Una vez hayas acudido a saldar cuentas con la Agencia Tributaria, recibirás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido con tu obligación fiscal.

Una vez compres el vehículo 30 máximo 30 días para realizar el cambio de titularidad del vehículo. Éste, para poder ser transferido, tendrá que estar dado de alta administrativa y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber abonado el Impuesto de Circulación del anterior
  • Haber abonado las posibles sanciones que tuviera impuestas
  • Libre de cualquier limitación de disposición (reserva de dominio) 
  • Libre de embargos y precintos

¿Dónde se hace el cambio de titularidad de un vehículo?

Con el contrato de compra-venta, la solicitud de cambio de titularidad y el comprobante de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales, es hora de hacer el cambio de titularidad.

La transferencia de un coche es un trámite que, de forma presencial, se lleva a cabo en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico. Recuerda que debes pedir cita previa y que para hacer el trámite necesitarás la firma del otro interesado (comprador o vendedor en cada caso). Además, deberás llevar:

  • Impreso de solicitud de cambio de titularidad del vehículo cumplimentado.
  • Tasa cumplimentada de 53,40 € (26,70 € para ciclomotores)
  • DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o permiso de conducción español del comprador (original) y del vendedor.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Justificante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Comunidad Autónoma donde resida.

El cambio de titularidad de un coche también se puede hacer por Internet. Al igual que otros trámites administrativos, necesitarás un certificado electrónico que acredite tu identidad. 

Actualmente en España se puede conseguir estos certificados con el DNI electrónico que expide la Dirección General de Policía o gracias al certificado digital que emite la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Una vez tengas el certificado podrás realizar el trámite desde casa, sin esperas y las 24 horas del día, guiándote a través de la sección de “Trámites” de la página web de la DGT.

Por último, avisa al vendedor

Una vez que se ha realizado correctamente el cambio de nombre, debes informar al antiguo propietario de este mediante el envío de una copia del nuevo permiso de circulación con el nombre ya cambiado. Esto debes realizarlo en un plazo de 15 días desde el momento del cambio de nombre. 

Si lo has vendido y no recibes este documento en el plazo indicado, deberás comunicar a Tráfico que has vendido el vehículo mediante la notificación de venta del vehículo. De esta manera evitarás problemas en el futuro. Pasos sencillos pero indispensables.

Cuando el cambio de titularidad es por fallecimiento

Tras el fallecimiento del titular del vehículo pueden darse dos casos:

1. Que no haya heredero nombrado.

En ese caso, la persona que tenga a su cargo la custodia provisional o definitiva deberá comunicarlo a la Jefatura de Tráfico de su domicilio legal, en el plazo de 90 días. La documentación a presentar para hacer el cambio de titularidad es la siguiente:

  • Impreso de Solicitud de Cambio de Identidad.
  • Pago de tasa (53,40 euros, excepto ciclomotores 26,70 euros)
  • Documentos de Identidad.
  • Certificado de defunción del titular o libro de familia donde conste el fallecimiento.
  • Documento que acredite la posesión del vehículo.
  • Permiso o licencia de conducción.
  • Tarjeta ITV o Ficha técnica del vehículo. Además, el solicitante deberá abonar la tasa correspondiente.

Tráfico anotará en el Registro de Vehículos y en el permiso o licencia de circulación la expresión siguiente: “En poder, hasta su adjudicación hereditaria de… (nombre y apellidos del poseedor)”.

El nuevo poseedor provisional será considerado como sujeto de cuantas obligaciones correspondan titular del vehículo.

2. Que sí haya heredero; en esta caso se hace una transmisión definitiva

El propietario del vehículo debe solicitar la transmisión definitiva del vehículo en el plazo de los 90 días siguientes a la fecha indicada en el documento que la acredite como dicho adjudicatario.

Además deberás presentar ante la Jefatura de Tráfico la misma documentación que un cambio de titularidad ordinario aunque con dos requisitos más: Liquidación o exención del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, y Declaración de herederos, o testamento, acompañado de certificado de últimas voluntades, o cuaderno particional en que conste la adjudicación del vehículo.

Otros casos excepcionales

Además de por fallecimiento, también existen los siguientes casos excepcionales para la transferencia de un vehículo:

  • Transferencias donde intervenga un compraventa o un comprador o vendedor con tutela
  • Separación, divorcio o ruptura
  • Donaciones de vehículos
  • Vehículos históricos
  • Vehículos con más de un titular (cotitulares)
  • Adjudicación en una subasta de vehículos

En estos casos, si eres un particular podrás llevar a cabo el proceso tanto de manera presencial como por internet, pero para personas jurídicas solo se puede hacer de manera telemática.

Esta se lleva a cabo a través del Registro Electrónico Común de la AGE accediendo desde el icono 'Cambio de titularidad - Casos excepcionales'.

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