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Con esta sentencia, las multas de Madrid en días de contaminación podrían ser ilegales

Mañana sábado se desactiva el Protocolo por alta contaminación
Sobre todo las del límite de velocidad a 70 km/h

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid podría declarar todas las multas impuestas por el Ayuntamiento de Madrid en días de contaminación ilegales.

DVuelta lleva meses luchando para conseguir apoyo legal a su denuncia contra el Protocolo Anticontaminación de Madrid. Desde que se anunciara el paquete de medidas para luchar contra el exceso de polución en la capital, la empresa de gestión de multas hizo pública su desaprobación. La empresa de gestión de multas consideraba ilegal la posibilidad de sancionar a quienes no respetaran los límites temporales de velocidad, ya que el cambio no se alertaba con suficiente antelación.

Hablamos en este caso del límite de velocidad a 70 km/h en la M-30 que se habilita en el momento en que entra en vigor el Escenario 1 y se mantiene hasta que se desactivan todas las alertas. Esta limitación afecta a todos los vehículos en circulación, sin importar su propulsión por lo que aunque muchos han consideran que es un trato injusto, también incluye a los coches eléctricos.

El cambio debe estar avisado en el BOCM

La Sección 2 de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia en la que declara que "el Ayuntamiento debe proceder a publicar en el BOCM las medidas de restricción del tráfico antes de que éstas entren en vigor, cosa que hasta la fecha no se está cumpliendo por parte del Consistorio madrileño".

Esto es justo lo que denunciaba DVuelta, que "las medidas no pueden aplicarse automáticamente, sino que es necesario que se señalicen adecuadamente y que se publiquen en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid con antelación a su entrada en vigor".

Las multas impuestas pueden quedar sin validez

Miguel Javaloyes, letrado que ha redactado la demanda de DVuelta contra el ayuntamiento recuerda que "todas las medidas de restricción del tráfico adoptadas por el Ayuntamiento de Madrid desde el mes de noviembre de 2015 hasta la actualidad se han venido aplicando de forma inmediata, y sin esperar a ser publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid". "Por lo tanto, el Ayuntamiento siempre ha actuado mal, y ha causado inseguridad e indefensión a los conductores", afirma Javaloyes.

La consecuencia de esta sentencia es que las miles de multas tramitadas por el consistorio desde que entrara en vigor su Protocolo Anticontaminación podrían ser anuladas.

"La sentencia resulta del recurso interpuesto por DVuelta contra dicho decreto supone la nulidad de miles de multas impuestas por el consistorio al amparo de dicho protocolo, en días de aplicación de restricciones al tráfico por episodios de elevada contaminación", afirma la empresa de gestión de multas en un comunicado.

"Concretamente, queda en el aire la legalidad de las multas impuestas en los días de episodios de alta contaminación desde la entrada en vigor de ese decreto, en noviembre de 2015, hasta la promulgación de la Ordenanza de Movilidad sostenible de finales del año pasado"

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