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El Senado elimina el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras secundarias

Seis casos en los que puedes adelantar en prohibido

Hay que esperar porque todavía no es cien or cien oficial, pero el borrador de la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial que ha aprobado el Senado elimina el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras secundarias.

Lo adelantamos hace unos días: la DGT estaba dispuesta a seguir luchando por la que está siendo la medida más polémica de la nueva Ley de Tráfico. A día de hoy, en carreteras convencionales, está permitido superar en un máximo de 20 km/h, el límite legal de velocidad. Tráfico pidió anular ese margen, alegando que de este modo se reducirían los accidentes; pero la oposición tumbó la idea en el Congreso y el primer borrador de la Ley de Tráfico se aprobó sin la medida.

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Con el visto bueno de la Cámara Baja y siguiendo el protocolo para la aprobación de nuevas leyes, el borrador se trasladó al Senado. A pesar de que se acordó que no, el texto que debían votar los senadores incluía una enmienda del PSOE que recuperaba la eliminación del margen de velocidad.

En esta ocasión, han sido 137 votos a favor; 112, en contra; y 5 abstenciones. El resultado: el Senado aprueba eliminar el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras secundarias.

Turno, de nuevo, para el Congreso

Con el beneplácito de los senadores, el borrador de Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial vuelve al Congreso para su aprobación definitiva.

Tal cual vuelve a la Cámara Baja, además de la modificación de la velocidad para adelantar en vías convencionales, el texto contempla:

  • Aumentar de 3 a 6 los puntos que se pierden por conducir sujetando el teléfono móvil con la mano 
  • Elevar a 4 los puntos que se detraen por no utilizar o hacerlo indebidamente el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios
  • Mediante una enmienda transaccional se ha aumentado también de 4 a 6 los puntos que se pueden perder por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes, así como por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros
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Novedades para los Vehículos de Movilidad Personal

La nueva ley prohíbe también la circulación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como los patinetes, las bicicletas y los ciclos por las aceras, una medida recogida en una enmienda del PSOE transaccionada que, aunque ya la han adoptado en algunas ciudades, este grupo cree que debía recogerse en una norma con rango de ley.

Los senadores han respaldado también una enmienda del PP que recoge que en ningún caso el conductor menor de edad podrá circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.

Etiquetas: DGT

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