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Si quieres ir en patinete eléctrico, la DGT obligará a llevar casco y tener esta edad

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Si quieres ir en patinete eléctrico, la DGT obligará a llevar casco y a tener esta edad mínima. El Real Decreto que lo regulará ya se está desarrollando.

Los conocidos como vehículos de movilidad personal, entre los que se encuentran los patinetes eléctricos, ganan popularidad por sus ventajas en grandes ciudades colapsadas por el tráfico y en los bautizados como trayectos de última milla. Sin embargo, hasta el pasado 2 de enero no existía una normativa que regulara este tipo de vehículos y determinara unas normas de circulación. Ahora existen algunas normas, pero el Real Decreto definitivo llegará este mismo año. Si quieres ir en patinete eléctrico, la DGT obligará a llevar casco y a tener esta edad mínima.

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Hasta finales de 2020, cada Ayuntamiento determinaba el uso de los patinetes eléctricos. Mientras se estaba elaborando la normativa, en 2019, la DGT publicó una instrucción transitoria donde se establecían una serie de criterios tanto para los usuarios de estos vehículos como para los consistorios y agentes de la autoridad. Sin embargo, esta tan solo era una primera regulación que trataba de llenar el vacío legal existente para este tipo de vehículos. 

Vídeo: probamos el patinete eléctrico de Seat:

Si quieres ir en patinete eléctrico, la DGT obliga a llevar casco y tener esta edad

Ahora, la Dirección General de Tráfico tiene previsto regular otros aspectos, como la edad mínima para manejar un vehículo de movilidad personal, la obligatoriedad de equipar casco y elementos reflectantes o la necesidad de disponer de un seguro de circulación. La DGT ya está desarrollando el nuevo Real Decreto que se espera que se publique este mismo 2021 y que determinará todos estos aspectos dentro de una normativa unificada.

Hasta ahora, en función del Ayuntamiento se determinaba la edad mínima para manejar un patinete eléctrico. Por ejemplo, en Madrid y Sevilla la edad mínima es de 15 años, mientras que en Barcelona y Valencia es de 16 años y en Pamplona, de 14 años. Los menores a esta edad tan solo pueden utilizar estos dispositivos de movilidad en espacios cerrados al tráfico y bajo la vigilancia y responsabilidad de un adulto.

En la actualidad, el reglamento permite a los menores de edad conducir determinados vehículos con el carnet AM (ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros). La edad mínima para obtener esta licencia es de 15 años cumplidos, mientras que los que ya tengan 16 años pueden obtener el carnet A1 (motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cc y potencia máxima de 11 kW/15 CV).

Por el momento, no será obligatorio obtener una licencia de conducir para manejar patinetes eléctricos. Sin embargo, los máximos responsables de la DGT promueven que se realicen cursos de formación vial como ya se llevan a cabo en otros países europeos. En caso de que un menor de edad a los mandos de un vehículo de movilidad personal cometa una infracción de tráfico, “los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor”, explica la DGT.

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