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El helicóptero con radar de la DGT multa cinco veces más

El helicóptero con radar de la DGT multa cinco veces más
El nuevo helicóptero con radar de la DGT multa cinco veces más a los vehículos que circulan con exceso de velocidad por carreteras convencionales. Es una de las conclusiones de la última campaña de vigilancia de velocidad de Tráfico, en la que han sido multados más de 30.000 conductores.

La campaña de control de velocidad puesta en marcha del 8 al 14 de abril ha permitido controlar a casi un millón de vehículos (955.659), el 60% de ellos en carreteras secundarias. De este millón, 33.328 (3,49%) circulaban a una velocidad superior a la permitida.

Un dato de interés de esta campaña de control de velocidad es el número de denuncias formuladas por el nuevo helicóptero con radar de la DGT, denominado Pegasus. Este ‘Gran Hermano de las alturas’ ha realizado 24 horas de vuelo por carreteras convencionales y ha controlado un total de 522 vehículos. Estos vehículos fueron objeto de seguimiento tras una primera valoración visual que indicaba la posibilidad de que cometieran alguna infracción. De estos más de 500 vehículos han sido denunciados 88 (16%) por exceso de velocidad. Este porcentaje de denuncia es cinco veces mayor que el de los radares convencionales.

multa pegasus

Volviendo ya a las cifras globales de esta campaña, hasta 585.540 vehículos han sido controlados en vías secundarias (21.933 -3,75%- fueron denunciados). En vías de gran capacidad, autopistas y autovías, los vehículos controlados han sido 370.119, de los cuales 11.395  (3,10%) han sido denunciados por exceso de velocidad.

Los conductores denunciados han cometido una infracción grave o muy grave, según estipula la Ley de Seguridad Vial en su artículo 65. El  anexo IV de dicha Ley establece el cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad:

cuadro perdida de puntos por velocidad

Dentro del ámbito penal, un motorista ha sido captado por un radar en La Rioja, cuando circulaba a 206 km/h por la carretera N-111 (el límite en esa zona es de 100 km/h). Según informa la DGT, dicho conductor incurrió en un delito contra la seguridad vial por conducir a una velocidad superior en 80 km/h a la permitida en dicha carretera. Por este delito, y en aplicación del artículo 379 del Código Penal, el motorista podría ser condenado a una pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a  doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta  a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor por un tiempo de entre uno y cuatro años.

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