Esta es la multa por conducir a 200 km/h
Una de las sanciones de tráfico más comunes en España son las multas por exceso de velocidad. Por poco que les guste a aquellos que pisan (de más) el acelerador es la forma de reducir y evitar, en la medida de lo posible, la siniestralidad en las carreteras. No en vano, esta infracción es una de las principales causas de los accidentes que tienen lugar en las carreteras españolas. Por ello, la DGT establece diferentes castigos para estos infractores: esta es la multa por conducir a 200 km/h.
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Establecer unos límites de velocidad y respetarlos es fundamental para la seguridad vial: de esta manera circulamos seguros y no ponemos en peligro al resto de actores que están presentes en la vía. Por lo tanto, aquellos conductores que superen los máximos se exponen a ser castigados con multas económicas y con la pérdida de puntos en el carnet de conducir. Sin embargo, los casos más graves serán considerados como delitos.
La multa por conducir a 200 km/h
¿Cuáles serán? Tal y como explica el Artículo 378.1 del Código Penal, aquellos en los que la velocidad supere “en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 kilómetros por hora en vía interurbana la permitida reglamentariamente”. Efectivamente, conducir a 200 km/h entra dentro de este supuesto. Así las cosas, cuando un exceso de velocidad es considerado como un delito, el conductor puede enfrentarse a las siguientes sanciones:
- Pena de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre uno y cuatro años.
Sanciones graves y muy graves por exceso de velocidad
Esta no es la única casuística que nos podemos encontrar cuando hay un exceso de velocidad: en función de cuánto se haya sobrepasado el límite, el infractor puede enfrentarse a sanciones graves o muy graves.
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Sanciones graves
Son aquellas en las que se supera hasta en 70 km/h el límite de velocidad establecido. La cuantía de la multa y la retirada de puntos variaran dependiendo del exceso: entre 100 y 500 euros y una detracción que puede ir de 0 a 6 puntos.
Sanciones muy graves
Llegan cuando el conductor se excede en más de 50 km/h en zonas limitadas a 30 km/h, 40 km/h y 50 km/h y en más de 70 km/h en aquellas carreteras donde la velocidad máxima permitida es 60 km/h, 70 km/h, 80 km/h, 90 km/h, 100 km/h, 110 km/h y 120 km/h. En cualquiera de estos casos el castigo económico será de 600 euros y la retirada de puntos ascenderá a 6.
Etiquetas: DGT, seguridad vial
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