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Conductor o tomador del seguro, ¿quién es responsable en caso de accidente?

Accidente DGT guardia Civil

Imaginemos... Contratas una póliza de seguro para tu coche pero no lo vas a conducir de manera habitual. Poco después, la persona que lo maneja sufre un accidente (grave, con víctimas, para ponernos en lo peor) y, por alguna razón (luego repasamos cuáles pueden ser las causas), la compañía no se hace cargo. ¿Quién es entonces el responsable, el tomador del seguro o el conductor?

Sabemos que las compañías de seguros admiten que titular del vehículo, tomador del seguro y conductor no sean la misma persona sin que esto suponga pagar más; eso sí, siempre y cuando el conductor habitual cumpla los requisitos establecidos, normalmente en lo referente a edad y años de antigüedad del permiso de conducir.

Cuando conductor y tomador no son la misma persona, tanto la aseguradora como la DGT recomiendan identificar a la persona que conduce el vehículo de manera habitual. De este modo será más sencillo gestionar las multas que puedan llegar o cualquier otro trámite.

Tomador o conductor, ¿quién es responsable en un accidente?

Infracciones como los excesos de velocidad, el uso del teléfono móvil al volante o el no uso del cinturón de seguridad son responsabilidad del conductor. Pero la DGT no sabe quién conduce en cada momento por lo que tramita las sanciones a nombre del titular del vehículo. Este debe identificar al conductor para que sea él quien asuma las consecuencias.

Lo mismo sucede si en lugar de una infracción lo que se produce es un siniestro. La responsabilidad será del conductor pero si este no ha incumplido ninguna de las condiciones establecidas en el póliza, será la aseguradora quien se ocupe de los gastos, indemnización...

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Ahora bien, ¿qué sucede cuándo la aseguradora puede eludir la responsabilidad? 

"Siempre será responsable en primer lugar el conductor a nivel de responsabilidades penales; y a nivel de indemnización si el seguro no se hace cargo, será responsable el conductor, y en caso de que sea insolvente, será el titular del vehículo que podrá coincidir o no con el tomador del seguro", explican desde Dvuelta.

Coinciden en este afirmación los expertos de Pyramid Consulting que añaden que la compañía tendrá que abonar las indemnizaciones a las víctimas pero, en caso de que el conductor haya incumplido alguna cláusula (por ejemplo, que en el momento del accidente conduzca bajo los efectos del alcohol) "podrá solicitar las cantidades que ha tenido que abonar, al conductor, al propietario del vehículo y al asegurado".

"En esa reclamación el propietario no conductor podrá alegar que no le une relación de padre, tutor, empleador, o que no autorizó dicha conducción con el fin de evitar esa acción de repetición frente a ellos", para que de este modo toda la responsabilidad recaiga sobre el conductor.

Etiquetas: Seguros

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