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Cómo cambia en 2023 la regla del 7 para las multas por radar

regla del 7

Quien más y quien menos ha jugado con los límites de velocidad para ir algo más rápido de lo que legalmente está permitido alguna vez. Para hacerlo, se jugaban con los cálculos de la denominada como ‘regla del 7’, pero ahora que los márgenes de los radares han cambiado, ésta no es válida y hay que ajustar de una manera más precisa las velocidades a las que se circula.

Todo se debe a la Orden ICT/155/2020, pero hay que aclarar que ésta afecta únicamente a los cinemómetros homologados a partir de octubre de 2020 (actualmente 370 en la carretera), mientras que los antiguos siguen operando con los márgenes antiguos.

Pero, para los nuevos, ¿cómo cambia la regla del 7? Para empezar, hay que distinguir entre dos grupos. Por un lado están los radares fijos, los de tramo y Pegasus, que operan con una horquilla más estrecha; y por otros los móviles, donde el rango es mayor, pero aún así siguen siendo más ajustado que anteriormente.

 

El primer grupo opera con un margen de 3 km/h en vías limitadas a velocidades de como mucho 100 km/h y de un 3% en las que la superen. Los móviles hacen lo propio con 5 km/h en las vías de menos de 100 km/h y de más del 5% en las que la superen.

A modo de resumen podría decirse que la regla del 7 se ha cambiado por la regla del 3 y la regla de 5, en ambos casos más estricta, lo que hará que cualquier conductor que se anime a ir por encima de la velocidad legal permitida tenga un margen tan laxo que probablemente prefiera ni jugársela.

Para terminar, vamos a señalar a qué velocidad saltan los radares en cada tipo de carretera. La primera velocidad corresponde a los radares fijos y Pegasus, y la segunda a los móviles:

  • Vías de plataforma única a 20 km/h: 23 km/h / 25 km/h
  • Vías de un carril por sentido a 30 km/h: 33 km/h / 35 km/h
  • Vías de dos carriles por sentido y travesías a 50 km/h: 53 km/h / 55 km/h
  • Autopistas urbanas a 80 km/h: 83 km/h / 85 km/h
  • Autopistas urbanas a 90 km/h: 93 km/h / 95 km/h
  • Carreteras convencionales a 90 km/h: 93 km/h / 95 km/h
  • Carreteras convencionales a 100 km/h: 103 km/h / 105 km/h
  • Autovías y autopistas a 120 km/h: 124 km/h / 126 km/h

Hay que tener en cuenta que a lo largo de los próximos meses se seguirán sumando nuevos radares a las carreteras españolas, por lo que cada vez habrá una mayor proporción de dispositivos que operen con estos nuevos márgenes más estrictos.

Etiquetas: DGT

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