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Anulan multa por no acreditar la verificación del radar

Anulan multa por no acreditar la verificación del radar
Rechazada por no respetar la presunción de inocencia del conductor denunciado. Este es el motivo por el que han anulado una multa en Gijón; y es que la Dirección General de Tráfico no había acreditado la verificación del radar, por lo que se ha incumplido el artículo que regula el control metrológico por parte del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de los vehículos.

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Gijón ha anulado una multa por no acreditar la Dirección General de Tráfico (web) la verificación del radar; la sanción consistía en 300 euros y la pérdida de dos puntos del carné de conducir. La sentencia señala que, al no haber aportado dicho documento, se incumplió el artículo que regula el control metrológico por parte del Estado de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de los vehículos, por lo que debe aplicarse la presunción de inocencia del conductor denunciado.

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La resolución judicial incide en que, de esta forma, la prueba de cargo incorporada al expediente carece de un elemento necesario -la verificación de la cabina- para acreditar con la debida certeza la culpabilidad del automovilista.

Además, señala que el titular del cinemómetro en servicio, así como el de la cabina que, en su caso le sirva de soporte y protección en un emplazamiento fijo, estará obligado a solicitar anualmente la verificación periódica del mismo y cada seis años de las cabinas donde se ubican "quedando prohibido su uso en el caso de que no se supere esta fase de control metrológico".

La demanda fue presentada por el conductor después de que la Jefatura Provincial de Tráfico de Salamanca desestimase su recurso contra la multa impuesta por circular a 151 kilómetros por hora en un tramo limitado a 120 y la sentencia, contra la que no cabe recurso, impone además las costas a la administración.

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El denunciante es socio de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y ha mostrado su satisfacción en un comunicado por la condena en costas que el juzgado ha impuesto a Tráfico "por obligar a los ciudadanos a tener que sufrir un peregrinaje primero administrativo y luego judicial, por defender sus legítimos derechos que sistemáticamente están siendo conculcados". Por cierto, ¿sabes cómo recurrir una multa de tráfico?

Además, según AEA, la DGT hace oídos sordos a la nueva directiva europea sobre infracciones de tráfico que obliga a consignar en las denuncias la velocidad máxima permitida, la velocidad medida por el radar y la velocidad medida corregida en función del margen de error para, sobre ella, aplicar el cuadro de sanciones. 

Fuente: Agencia EFE

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