Más de 1.000 gasolineras obligadas a instalar un punto de recarga eléctrico: cuáles, cuándo y dónde

La Ley de Cambio Climático aprobada por el Gobierno hace unas semanas establece que, a partir de 2023, muchas estaciones de servicio tendrán que ofrecer servicios de carga para vehículos eléctricos. Un informe ministerial adelanta ahora que serán más de 1.000 las gasolineras obligadas a instalar un punto de recarga eléctrico. Te contamos cuáles son.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha publicado el listado de instalaciones de suministro de combustible y carburantes obligadas a instalar infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos.
Qué gasolineras estarán obligadas a instalar un punto de carga y cuándo tendrán que hacerlo
Son más de 1.000 las gasolineras que en base a la nueva norma tendrán que instalar, al menos, un cargador para vehículos eléctricos.
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La norma fija como criterio el número de litros de combustibles comercializados, así como su importancia en el suministro de la zona. En base a estos requisitos fija no solo qué estaciones tendrán que asumir la instalación de puntos de recarga, también cuándo deberán hacerlo:
- Las estaciones de servicio con ventas superiores a los 10 millones de litros de gasolina y gasóleo en 2019 deberán instalar al menos un punto de recarga de 150 kW en un plazo de 21 meses desde la entrada en vigor de la citada Ley, esto es, febrero de 2023. Más de 200 gasolineras están incluidas en este grupo.
- Las estaciones de servicio con ventas superiores a cinco millones de litros de gasolina y gasóleo en 2019 tendrán un plazo de 27 meses desde la aprobación de la Ley –agosto de 2023– para instalar al menos un punto de recarga superior a 50 kW.
- Estos mismos plazos y requisitos afectan a las gasolineras con ventas inferiores a cinco millones de litros, pero que lideren las ventas de las provincias, islas o ciudades autónomas en que se hallen, siempre que no haya gasolineras con ventas superiores a cinco millones de litros. Más de 800 gasolineras están incluidas en ambos grupos.

Tres excepciones a la obligación
La Ley de Cambio Climático contempla tres excepciones por las que las gasolineras quedarán libres de la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos aunque cumplan los requisitos anteriores:
- Instalaciones que ya dispongan de un punto de recarga con las mismas características al que deban instalar
- Instalaciones que no puedan cumplir las condiciones técnicas o los requisitos de calidad y seguridad industrial que sean de aplicación
- Instalaciones en las que sea inviable ejecutar la acometida eléctrica necesaria para el punto de recarga
Cambios en la Ley de Hidrocarburos
Hace solo unos días, el MITECO anunció modificaciones en la Ley de Hidrocarburos dirigidas a facilitar la instalación de puntos de recarga en estaciones de servicio.
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Esta modificación “introduce mayor competencia al impedir las cláusulas de exclusividad entre los operadores mayoristas y sus abanderados o franquiciados a la hora de prestar servicios de recarga eléctrica“.
Hasta ahora, los titulares de las estaciones de servicio tenían un contrato que les vinculaba en exclusiva con un operador. Con la modificación de la Ley de Hidrocarburos, se abre la posibilidad de que una misma estación tenga un operador de carburantes y otro diferente (o varios) para los puntos de recarga eléctrica.