La nueva Instrucción PROT 2026/04 de la DGT sobre autocaravanas ha generado un montón de dudas: "Porque una cosa es lo que dice la ley y otra, cómo se aplica"

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Desde que entró en vigor a principios de este año, la Instrucción PROT 2026/04 de la Dirección General de Tráfico ha generado más de una duda entre los usuarios de autocaravanas, caravanas y furgonetas camperizadas.

La nueva Instrucción PROT 2026/04 de la Dirección General de Tráfico (DGT) actualiza y sustituye la anterior PROT 2023/14 sobre autocaravanas. Aclara aspectos relacionados con su circulación, velocidades, estacionamiento, acampada, equipamiento obligatorio, ITV y áreas de acogida, teniendo en cuenta las novedades normativas y la interpretación del Tribunal Supremo. Sin embargo, desde su entrada en vigor a principios de este año, la Instrucción ha generado numerosas dudas entre los usuarios de caravanas y furgonetas camper, por lo que el vídeo publicado en el canal de YouTube Dromomaniático que acompaña a estas líneas se convierte en un recurso perfecto para resolverlas. “Aquí está la clave: no pueden discriminar por tipo de vehículo, pero sí pueden limitar por tamaño, peso y normas ambientales”.

Quizás, una de las preguntas más frecuentes dentro del mundo de las autocaravanas y furgonetas camper es aquella relacionada con el concepto de aparcar y acampar. Según la normativa, “podemos dormir dentro [de la autocaravana] perfectamente siempre que no influya en nada en el exterior”, explican en el vídeo, pero señalan que lo que no está permitido a la hora de aparcar con una caravana es “sacar toldos, no podemos estar con una silla al lado, ni tener las ventanas abiertas o desplegar tendederos”.

¿Qué dice la Instrucción PROT 2026/04 respecto a lo que se considera aparcar y acampar?

La nueva Instrucción establece que, a efectos de tráfico, estos vehículos pueden aparcar en las mismas condiciones que el resto, aunque en las vías urbanas deben respetarse las ordenanzas municipales. La DGT señala además que la presencia de ocupantes dentro de la autocaravana no impide considerar que está correctamente estacionada, siempre que el vehículo permanezca dentro de los límites de la plaza y no despliegue elementos que aumenten su superficie.

El documento fija tres condiciones para considerar que una autocaravana está estacionada:

- Debe tener el motor parado y apoyarse únicamente sobre sus ruedas, sin patas estabilizadoras

- No puede ocupar más espacio que el correspondiente al vehículo cerrado, por lo que no se pueden desplegar toldos, mesas, sillas u otros elementos

- No puede emitir fluidos o ruidos al exterior

Acampar, en cambio, no pertenece a la normativa de tráfico, sino a la regulación turística. Por ello, ayuntamientos y comunidades autónomas pueden establecer restricciones específicas sobre la acampada y crear zonas autorizadas para esta actividad.

En vías interurbanas, además, las paradas y estacionamientos deben realizarse fuera de la calzada y en el lado derecho, mientras que en autopistas y autovías solo están permitidos en las zonas específicamente habilitadas.

Más capacidad de decisión para los ayuntamientos

Uno de los aspectos que más dudas genera tiene que ver con la capacidad de los ayuntamientos de prohibir el acceso de autocaravanas al espacio comprendido dentro del dominio municipal, la respuesta es que pueden restringir según normativa, pero nunca discriminar por tipo de vehículo. “Aquí está la clave: no pueden discriminar por tipo de vehículo, pero sí pueden limitar por tamaño, peso y normas ambientales”.

Es posible encontrar ordenanzas municipales que limiten qué tipo de vehículos pueden acceder al entorno urbano, generalmente estableciendo restricciones por longitud del vehículo, anchura de carrocería y peso total. Por lo tanto, siempre es recomendable consultar que establecen estas normativas locales para evitar multas o accesos a lugares sin autorización.

Otros aspectos a tener en cuenta con la nueva Instrucción

La nueva instrucción también introduce o recopila otras cuestiones que afectan directamente al día a día de quienes utilizan una autocaravana. Una de las más importantes es la velocidad. Estos vehículos no tienen siempre los mismos límites que un turismo, ya que la DGT diferencia según su masa máxima autorizada. 

Las autocaravanas de hasta 3.500 kg pueden circular a un máximo de 120 km/h en autopistas y autovías y de 90 km/h en carreteras convencionales. Cuando superan los 3.500 kilos, los límites bajan a 90 km/h y 80 km/h, respectivamente.

En ciudad se aplican los límites generales de las vías urbanas: 20 km/h en aquellas con plataforma única, 30 km/h cuando existe un único carril por sentido y 50 km/h en vías con dos o más carriles por sentido. En las travesías, el límite genérico es de 50 km/h, mientras que en autopistas y autovías que atraviesan poblado se establece un máximo de 80 km/h.

También conviene prestar atención al equipamiento obligatorio. La Instrucción PROT 2026/04 recuerda que las autocaravanas deben llevar una señal V16 para señalizar el vehículo inmovilizado, un chaleco reflectante homologado y una rueda de repuesto completa o de uso temporal con las herramientas necesarias para sustituirla, salvo que dispongan de un sistema alternativo que ofrezca garantías suficientes.

Por otro lado, la DGT dedica un apartado específico a las áreas de acogida y acampada. Se trata de instalaciones concebidas expresamente para estos vehículos y que pueden ofrecer servicios como puntos de vaciado, agua potable, aseos, duchas, lavaderos y suministro eléctrico. Además, las comunidades autónomas están desarrollando sus propias normas para regular estos espacios y diferenciar entre estacionamiento y acampada.

Por último, la instrucción recuerda que también es posible transportar bicicletas, ciclomotores, motocicletas pequeñas o vehículos de movilidad personal (VMP) utilizando soportes adecuados. Es otra cuestión que debe cumplir las condiciones establecidas por el Reglamento General (RGC) de Circulación cuando el elemento transportado sobresale de la proyección del vehículo.

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Aarón Pérez

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España