Aparcar o no en sentido contrario, esto es lo que de verdad dice la DGT

La DGT ha acabado con la eterna duda de los conductores, aparcar en sentido contrario podría suponer una multa, aunque la norma tiene algunas excepciones. La sanción podría ser de hasta 500 euros y 6 puntos del carnet.
La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda continuamente una de las infracciones más habituales entre los conductores, muchos lo desconocen. El organismo dirigido por Pere Navarro ha dejado claro una vez más que aparcar en sentido contrario puede salir muy caro.
La DGT advierte que esta práctica es más que habitual en las calles de millones de municipios españoles, especialmente en las grandes ciudades. Los conductores aprovechan el mínimo espacio para aparcar el vehículo, incluso si el hueco se encuentra en el carril contrario.
Cuidado si aparcas en sentido contrario, la DGT acaba con las dudas
Desde Tráfico son contundentes con esta práctica tan habitual. La DGT prohíbe aparcar en sentido contrario a la marcha en las vías de doble sentido, los conductores tendrán que estacionar el vehículo en el lado derecho sin invadir el carril contrario.
El Reglamento General de Circulación acaba con la polémica a la hora de aparcar: "Cuando en vías urbanas tenga que realizarse en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en las vías de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo.
El organismo de Pere Navarro ha aclarado cómo aparcar correctamente en una calle de doble sentido en el lado izquierdo con seguridad. Los conductores deben buscar un punto para realizar un cambio de sentido (intersección, cambio de carril, rotonda, etc.) y luego aparcar en la dirección correcta.
Además, si fuese necesario aparcar en vías como calzadas o arcenes urbanos, la DGT establece que el vehículo debe situarse lo más cerca posible del borde derecho para facilitar la circulación. Los conductores también podrán estacionar en el lado izquierdo en las vías de único sentido.
Multas de hasta 500 euros y 6 puntos de carnet
El Reglamento de Circulación contempla sanciones para los infractores. Aparcar en el lado equivocado en una vía de doble sentido puede suponer una multa de 100 euros como infracción leve sin retirada de puntos del carnet de conducir.
La sanción puede ser aún mayor si un agente de tráfico observa la maniobra y se considera que pone en riesgo a otros usuarios de la vía. Una de las principales infracciones en este tipo de casos es invadir el carril en sentido contrario para aparcar.
Esta falta se considera grave en el Reglamento General de Circulación y la sanción asciende a 500 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir.