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Las tres multas que te puede poner un guardia civil, aunque no conduzcas el coche

Tres multas que te pueden poner que no conduzcas el coche

Normalmente, la DGT castiga a los conductores que cometen alguna infracción, como superar el límite de velocidad o dar positivo en un control de alcoholemia. Sin embargo, hay tres multas que te pueden poner aunque no conduzcas el coche. 

Aunque no nos gusten, las multas son una de las medidas más efectivas para mantener a raya a los conductores y también para recaudar. Pero no siempre recibe la sanción quien va al volante. Hay tres multas que te puede poner un guardia civil, aunque no conduzcas el coche.

Como sabemos, la DGT dispone de numerosos medios para controlar el tráfico y velar por el cumplimiento de las normas de circulación, así como de los límites de velocidad. Precisamente, el exceso de velocidad es la infracción más común. Otras son el consumo de alcohol y drogas, no llevar el cinturón de seguridad o el uso del móvil.

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La Guardia Civil está siempre al quite para que no se produzcan este tipo de conductas o, al menos, minimizarlas. Y, para ello, las multas son un arma fundamental. Su razón de ser se justifica por la necesidad de corregir a esos conductores que incumplen las normas y también para recaudar. 

Pero no siempre las multas las recibe el conductor del vehículo. Hay algunas que van destinadas a los pasajeros, sanciones que un guardia civil impone no a un vehículo sino a una persona, cuya conducta no supone un problema para quien va al volante. Son tres.

Las tres multas que te pueden poner, aunque no conduzcas el coche

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Fabricante - DGT

La primera de estas tres multas que te pueden poner aunque no conduzcas el coche es por no utilizar el cinturón de seguridad. A pesar de la concienciación que existe en este sentido, todavía hay muchos usuarios que prescinden del cinturón, el elemento de seguridad más eficaz de un vehículo. 

Si un agente detecta que un pasajero del vehículo no lleva puesto el cinturón, le impondrá una sanción a titulo personal y deberá pagarla

La segunda multa es por adoptar una postura incorrecta. Se refiere, por ejemplo, a la costumbre que tienen algunos de viajar con los pies apoyados en el salpicadero o sacando por la ventanilla los pies o los brazos. También aquellos que se tumban en los asientos traseros. En estos casos, aun llevando el cinturón abrochado, pueden ser sancionados.

Por último, arrojar objetos por la ventanilla, como restos de comida, cualquier envoltorio y, por supuesto, lo más grave, una colilla. Esto supone una infracción grave cuya sanción la paga quien la comete.

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