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¿Tienen derecho a indemnización los menores en caso de accidente?

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¿Tienen derecho a indemnización los menores en caso de accidente? Conoce todos los beneficios que corresponden a los niños menores de 14 años.

Los niños viajan en coche al igual que los adultos, y están expuestos a sufrir las consecuencias de un accidente de tráfico. En este caso, ¿tienen derecho a indemnización los menores en caso de accidente? En estas líneas, gracias a los datos de Tráfico Ayuda, vamos a dar respuesta a esta cuestión y a conocer todos los beneficios que les corresponden a los niños menores de 14 años en caso de sufrir algún tipo de incidente relacionado con el tráfico.

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Los accidentes de tráfico continúan siendo la principal causa de mortalidad de niños en edades comprendidas entre los 0 y los 14 años. El 40% de los menores fallecidos no utilizaba ningún Sistema de Retención Infantil (SRI), como sillitas o elevadores, o no lo realizaba de la manera correcta. La ley obliga a la utilización de estas sillas de retención infantil, ya que se reduce un 75% las muertes y un 90% las lesiones graves o leves que puedan sufrir los niños si se utilizan estos dispositivos de seguridad.

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Es importante remarcar que un impacto fuerte puede provocar en un niño graves e innumerables lesiones. En el 80% de los casos, las zonas más afectadas son la cabeza y el cuello, ya que en los menores ésta representa una cuarta parte de su peso frente a la octava parte que representa en un adulto. A partir de los cuatro años, las lesiones son más frecuentes a nivel abdominal. Entonces, ¿tienen derecho a algún tipo de indemnización los menores en caso de accidente?

Sistema de Valoración del Daño Corporal: más protección para los menores

El Sistema de Valoración del Daño Corporal otorga un mayor beneficio a los lesionados cuando éstos son menores de 14 años. La ley, como compensación a otras situaciones claramente injustas que contiene el sistema, ha querido que cualquier accidente de tráfico que sufran los menores de 14 años de edad se indemnice en su integridad sin que se le pueda imputar culpa exclusiva o concurrencia de culpas. 

Esta disposición establece: “en los supuestos de secuelas y lesiones temporales, la culpa exclusiva o concurrente de menores de catorce años, no suprime ni reduce la indemnización para éstos, y se excluye la acción de repetición contra los padres, tutores y demás personas físicas que legalmente deban responder por ellos”. Dicho de otro modo: “los padres de los menores no deberán responder por los daños o gastos generados por sus hijos”.

De esta disposición se establece que se excluye el fallecimiento, por lo cual los perjudicados no podrán reclamar en su caso podrán ver reducida la indemnización que les pudiera corresponder, como explica Tráfico Ayuda. Sin embargo, en caso de lesiones sufridas en su condición de peaton o ciclista, el menor será indemnizado con el 100%. El motivo es proteger al menor de sus lesiones.

Información elaborada con datos de Tráfico Ayuda

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