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Millones de conductores multados sin posibilidad de recurso

Millones de conductores multados sin posibilidad de recurso
Recibes una notificación de embargo de una multa que ni siquiera sabías que tenías pendiente. Recurres, pero se te ha pasado el plazo. Si te sucede eres uno de los millones de conductores multados sin posibilidad de recurso por algo tan simple como que has cambiado de domicilio, pero no se lo has notificado a la DGT.

Quizá en alguna ocasión te haya pasado algo así: recibes un aviso de embargo por una multa de hace meses que, ni siquiera sabías que tenías. Cuando tratas de recurrir te dicen que se te pasó el plazo y por mucho que grites y patelees, legalmente es así. Entras entonces en el saco de los miles (decenas de miles...) de conductores multados sin posibilidad de recurrir y estás dentro por un razón tan simple como que has cambiado de domicilio pero no has avisado a la DGT.

Cuando un radar te hace foto por circular más rápido de lo debido o un agente te pone una multa pero no te avisa en el momento, Tráfico remite la correspondiente denuncia al domicilio del titular, al mismo tiempo que la publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Este último trámite es el que realmente importa, es decir, seas o no consciente de ello, si tu nombre aparece en el BOE como sancionado, lo estás 'con todas las de la ley'.

Se libra de la multa porque la DGT le envió un sobre vacío

Significa esto que, por mucho que el cartero vaya a tu casa y te niegues a coger la notificación o, como en el caso que hoy contamos, por mucho que alegues que has cambiado de dirección y que no puedes recoger esas cartas, desde el mismo momento en que tu nombre sale en el BOE comienzan los plazos para presentar recursos o disfrutar del descuento por pronto pago.

Ante esta situación, muchos conductores sancionados se cuestionan: si la DGT sabe mi dirección para enviarme el embargo, ¿por qué no para remitirme la notificación de multa?

La pregunta es muy buena y tiene una fácil respuesta. Según la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la notificación debe realizarse en el domicilio que figura en los registros de la DGT; sin embargo para enviar la carta de embargo sí se puede consultar el padrón para verificar cuál es el domicilio real del sancionado porque este trámite está regulado por la Ley General Tributaria.

La única solución posible, al menos de momento, para evitar ser multado sin posibilidad de recurso o ahorro del 50% por pronto pago es informar a Tráfico de cualquier cambio en el domicilio del titular del vehículo. Este trámite se realiza en las Jefaturas Provinciales de Tráfico y tienes un coste que no podrás abonar en metálico.

Fuente: DiarioSur

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