Los conductores profesionales podrán jubilarse antes de la edad legal establecida: estas son las fechas y los requisitos

Los conductores de autobús, camión y taxi podrán jubilarse anticipadamente sin penalización, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos.
Buenas noticias para los conductores profesionales. El Gobierno va a aprobar una normativa que les permitirá jubilarse antes de la edad legal establecida, según ha adelantado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. Esta noticia llega después de conocer un plan de ayudas para financiar con hasta 2.000 euros la obtención de los permisos C y D.
Se trata de una medida muy esperada en el sector, ya que supone un alivio para miles de trabajadores del transporte que, debido a las horas de conducción, sufren un mayor desgaste físico y consideran peligroso que sigan al volante de vehículos de gran tonelaje hasta los 67 años.
Entre los colectivos afectados se encuentran transportistas de mercancías pesadas, conductores de autobús y taxistas, entre otros. Con esta nueva normativa, se busca paliar el alto nivel de siniestralidad y la falta de relevo generacional que afecta al sector del trasporte, además de acceder a una jubilación en mejores condiciones.
La clave de la nueva normativa estará en el establecimiento de coeficientes reductores sobre la edad de jubilación, los cuales disminuirán la edad ordinaria según la peligrosidad y penosidad propias del trabajo al volante.
El objetivo principal es proteger la salud y la seguridad de quienes se exponen a riesgos continuos y prolongados, así como incentivar a nuevas generaciones a adentrarse en un sector con importantes perspectivas laborales.
Los conductores profesionales podrán jubilarse antes de la edad legal

El pasado 27 de mayo se publicó el Real Decreto 402/2025 en el BOE por el que se regulan los procedimientos para anticipar la edad de jubilación en algunas profesiones, entre las que se encuentran los conductores profesionales.
Según ha dicho la ministra Saiz, la norma podría oficializarse en “cuestión de semanas” y establece un marco que beneficia a los transportistas, que podrán solicitar la jubilación anticipada, siempre que cumplan una serie de requisitos para ello, ajustándose a la aplicación de coeficientes reductores.
Se trata de requisitos profesionales y de cotización, que todavía están pendientes de desarrollo reglamentario. Pero, básicamente, habrá que acreditar un periodo mínimo de cotización en el sector del transporte, demostrar la exposición continuada a la penosidad o peligrosidad y presentar la documentación que exija la Seguridad Social, incluyendo certificados de empresa.
En el caso de los transportistas y conductores de autobús, será necesario:
- Diez años efectivos en activo.
- Acreditar 38 años y tres meses cotizados si desean jubilarse voluntariamente a los 63 años.
- Para la jubilación anticipada involuntaria, podrán acceder desde los 61 años con un mínimo de 36 a 38,2 años cotizados.
Fechas

Si bien el Real Decreto ya se publicó, su aplicación efectiva dependerá del desarrollo reglamentario, la negociación de los coeficientes reductores específicos y la aprobación de las condiciones por parte de la Seguridad Social.
El Real Decreto debe seguir el habitual camino de este tipo de propuestas legislativas que emanan del Gobierno. Se debatirá en el Congreso de los Diputados para su convalidación y luego se aprobará en Consejo de Ministros para su publicación en el BOE y entrada en vigor.
Según el portal El Confidencial Digital, fuentes del Ministerio apuntan a que la implementación completa podría llegar en 2026. Será entonces cuando los trabajadores que cumplan los requisitos establecidos comenzaren a beneficiarse de la nueva fórmula de jubilación anticipada.
