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Cómo saber cuándo tendrás que pasar la ITV si te caduca durante el estado de alarma

Qué pasa si me caduca la ITV con el coronavirus

El Gobierno acaba de publicar la orden que establece los plazos para pasar la ITV si te caducó o te caducará mientras dure el estado de alarma.

Establecer un calendario para que los vehículos con la ITV caducada puedan superar el trámite de forma escalonada y evitar aglomeraciones era una de las medidas más reclamadas por el sector. Desde AECA-ITV calculan que cuando finalice la situación excepcional que vive España serán cerca de cinco millones las inspecciones que dejarán de estar en vigor.

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Estos son los cambios que piden para pasar la ITV tras el confinamiento

Con la declaración del estado de alarma, el Gobierno ordenó la paralización de todos los procedimientos administrativos. Para los conductores, entre otras cosas, esto supone que se puede circular con el permiso de conducir caducado (el plazo para renovarlo será de 60 días desde el momento en que se levante el estado de alarma) y que no habrá multa para quienes utilicen un vehículo con la ITV caducada. Eso sí, solo la exención es solo para aquellos cuya inspección expire mientras esté en vigor el estado de alarma, no antes. 

Cuándo tendrán que pasar la ITV los coches que 'la tienen' caducada

La orden publicada en el Boletín Oficial del Estado con fecha 15 de mayo de 2020, establece "las medidas especiales para la inspección técnica de vehículos".

Dichas "medidas especiales" son para aquellos vehículos cuya ITV expiró o expirará con fecha posterior al 14 de marzo. El texto legal establece que "el plazo de validez de los certificados de inspección técnica periódica de los vehículos cuya fecha de próxima inspección se encontrara comprendida en el periodo de vigencia del estado de alarma, previsto en el apartado primero de la Orden SND/ 325/2020, de 6 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica, se amplía en quince días naturales por cada semana transcurrida desde el inicio del estado de alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del certificado".

La explicación es mucho más sencilla de entender con la siguiente tabla:

Fecha de inspección inicialTiempo de prórroga
(en días naturales)
Semana 1: Del 14 al 20 de marzo30 días más 15 días adicionales
Semana 2: Del 21 al 27 de marzo30 días más dos períodos de 15 días
Semana 3: Del 28 de marzo al 3 de abril30 días más tres períodos de 15 días
Semana n: A partir del 3 de abril30 días más n períodos de 15 días como semanas  

Otro dato importante es saber cuándo habrá que pasar la siguiente inspección técnica. La orden ministerial establece que "se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas".

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