Cambios en las reglas de tráfico: la DGT permite conducir en ciertos casos sin puntos y sin multas

¿Cómo es esto posible?
Hay cambios en las reglas de tráfico. La DGT permite conducir en ciertos casos sin puntos y sin multas, ¿cómo es esto posible? Todos sabemos que los conductores que agoten sus puntos deben hacer un curso de recuperación, y mientras tanto no podrán conducir. ¿Qué nos hemos perdido? Pues como en todo, hay matices, y depende de la situación la DGT podría dejarte conducir sin ponerte una multa pese a tener tu cuenta de puntos a cero. Veamos.
En 2006 la Dirección General de Tráfico introdujo este sistema de puntos que todos conocemos. El objetivo era concienciar a los conductores sobre la importancia de respetar las normas al volante, con un plan de puntos que se agotarían si te multaban reiteradamente o si la infracción era grave. Si tus puntos se agotaban debías de hacer un curso de recuperación de puntos para volver a conducir. Hasta aquí, todo correcto, te guste más o te guste menos. Pero, ¿cuál es la excepción?

En España sí es posible conducir legalmente incluso sin tener ningún punto, y se debe a una problemática que acompaña a otros servicios, instituciones y demás. Existe un vacío burocrático en el sistema administrativo del organismo de seguridad vial del Estado, una brecha causada por demoras en la gestión de trámites. Este lapso de tiempo permite que conduzcas sin ningún punto en tu cartera.
Cuando se produce este hecho, que te quitan todos los puntos del carné de conducir, debes recibir la notificación informándote de la pérdida total de los puntos del mismo carné. Si no se produce tal notificación, el conductor puede seguir conduciendo. Lo haría sin saber, a priori, que no tiene puntos, pues no se lo han notificado. Y ya sabemos que conducir sin puntos es ilegal, no se puede hacer, pues tendría graves consecuencias legales.
Puede que hayas cambiado de domicilio y no recibas dicha notificación, o puede que se retrase por otras circunstancias. Y eso no es todo, pues el conductor tiene derecho a presentar alegaciones y recurrir la sanción, lo que demora aún más la retirada del carné. Este trámite administrativo podría demorarse dos meses, tiempo en el que el conductor seguiría conduciendo sin puntos en el carné.
Hay un caso donde la retirada es inmediata. Y es que, si es por vía judicial, la aplicación de la medida será en el momento, sin necesidad de notificación. Sería en una infracción considerada un delito, como conducir bajo los efectos del alcohol, exceso de velocidad y omisión del deber de socorro. En estos casos un juez dicta la retirada del carné. En cambio, si se te agotan los puntos ocurriría el caso del que hablamos.