Este es el afortunado grupo de conductores que no pagará jamás por renovar el carné de conducir

Solo pagan el psicotécnico.

Sacarse el carné conducir es un momento especial para cualquier persona (al menos lo era, aunque cada vez menos jóvenes tienen interés en conseguirlo). Pero, una vez obtenido, no se tiene y ya está. Hay que renovarlo de manera periódica, pasando los correspondientes psicotécnicos y, básicamente, pagando. Pero no es así para todo el mundo.

Hay un grupo de conductores que no tiene que pagar por renovar el carné de conducir: los que son mayores de 70 años.

¿El motivo? La Dirección General de Tráfico (DGT) no lo da, aunque podría radicar en su periodicidad: a partir de los 65 años, ésta pasa a ser de 10 a 5 años. Así, una vez se cumplen los 70, los conductores no tienen que pagar las tasas y solo tienen que desembolsar el coste del examen psicotécnico.

¿Y qué hay de los demás? En cuanto a la duración, los permisos de la clase B (turismos) tienen un período de vigencia de 10 años (hasta los 65 años, como hemos mencionado).

En el caso de los permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E, su vigencia estándar es de 5 años, pero una vez se cumplen los 65 años de edad, el periodo de vigencia se reduce a solo tres años. 

Se puede renovar el carné hasta tres meses antes de que caduque y, de hecho, se puede renovar incluso si ha caducado. Lo que hay que tener en cuenta es que no es legal conducir si la licencia ha caducado.

Hablando de precios, la renovación del permiso de conducción requiere la compra de la tasa 4.3 de 24,58 euros, aunque ésta puede ser menor en función de si la renovación es por un periodo inferior al habitual:

  • Hasta 4 años: tasa 4.3.4 de 19,67 euros
  • Hasta 3 años: tasa 4.3.3 de 14,75 euros
  • Hasta 2 años: tasa 4.3.2 de 9,83 euros
  • Hasta 1 años: tasa 4.3.1 de 4,92 euros

Otros aspectos que hay que tener en cuenta de la renovación atañen a las maneras que hay de llevarlas a cabo

Se puede hacer de manera presencial en cualquier Centro de Reconocimiento de Conductores asociado, en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico o, su si se está en el extranjero, en la representación diplomática o consular española en el país en el que estés. También es posible hacerlo de manera online a través del registro electrónico.

Además, hay dos causas que impiden la renovación del carné. La primera es “la privación por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores”. La segunda es “la intervención, medida cautelar o suspensión del permiso o licencia, tanto se hayan acordado en vía judicial o administrativa”.

También es posible que, debido a una enfermedad, no se renueve el carné. De hecho, incluso si dicha enfermedad no implica la no renovación, pero es posible que se agrave en el futuro, al renovarlo es posible que se de un periodo de vigencia menor, en cuyo caso el coste de renovación también será más reducido.

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Mario Herráez

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España