Multa de más de 72.000 euros por ocultar 144.000 euros en un coche interceptado en la A-4 con el dinero fraccionado en 15 paquetes dentro del hueco de la rueda de repuesto

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Un conductor ocultó 144.665 euros en su coche y la Guardia Civil le ha impuesto como multa el máximo que está permitido en España y ahora confirma el TSJM.
Tenemos claros algunos de los motivos por los que pueden ponernos una multa: conducir con exceso de velocidad, haber consumido alcohol y drogas al volante o utilizar el móvil. Sin embargo, la Guardia Civil de Tráfico se ha encontrado una nueva irresponsabilidad que le ha dejado a su dueño una multa de más de 70.000 euros, el máximo que se puede imponer en España. Esto no ha sido otra cosa que llevar escondido en el coche paquetes con más de 140.000 euros.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado una multa a un conductor que fue interceptado en la A-4 en Córdoba mientras conducía un vehículo con 144.665 euros camuflados en su interior.
El tribunal ha desestimado el recurso interpuesto por el conductor, quien alegó que la multa impuesta de 72.832 euros, la máxima que permite la ley, sobrepasa el delito cometido, según publica la edición cordobesa de eldiario.
Estos hechos se produjeron en abril de 2022 durante un control rutinario que desplegaron los agentes de la Guardia Civil de la Comandancia de Córdoba en la autovía A-4 a la altura del km 374 a su paso por San Antonio, en El Carpio.
Durante la inspección de un turismo, los agentes descubrieron los 144.665 euros en efectivo que no habían sido declarados previamente. Lógicamente, este dinero no iba a la vista de todos, sino que estaba estratégicamente camuflado.
En concreto, su dueño los había fraccionado en 15 paquetes envueltos en film transparente y los había escondido en el hueco destinado a guardar la rueda de repuesto. Es decir, muy lejos del ojo de cualquiera.
El conductor se enfrenta a la mayor multa de España
Ante este hallazgo, los agentes trasladaron el montante al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac).
Una vez llegó a estas dependencias, se inició un expediente sancionador por una infracción grave, ya que la ley establece la obligación de declarar los movimientos por territorio nacional de efectivo iguales o superiores a 100.000 euros.
Ante el calibre de este delito, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera impuso una multa de 72.832 euros, es decir, lo equivalente al 50% del valor de los fondos incautados, el tope máximo estipulado por la ley, acompañada de una amonestación privada.
Una media desproporcionada a ojos del conductor, que recurrió la decisión alegando falta de proporcionalidad y argumentando que no debió aplicarse el grado máximo de la sanción.
Sin embargo, el esta queja ha sido en balde, ya que el TSJM ha desestimado el recurso al considerar que el hecho de llevarlo precintado y evidenciaban una clara intención de eludir la acción policial.
Además, el conductor no aportó ningún tipo de dato ni documento que acreditara el origen lícito del dinero, ni demostró ejercer actividad económica alguna que respaldara una capacidad financiera semejante.
De este modo, el tribunal ha concluido que la presencia de estas agravantes justifica la aplicación de la multa máxima, desestimando el recurso y condenando al demandante al pago de las costas procesales con un límite de 3.000 euros.


