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Otra ciudad que prohíbe estacionar a los coches sin etiqueta de la DGT

Etiqueta Eco

El nuevo año nos ha traído cambios en la forma de circular en varias ciudades. A Madrid y Barcelona se une otra ciudad que prohíbe estacionar a los coches sin etiqueta de la DGT. ¿Cuál es?

La ciudad que se suma a las restricciones a los vehículos más contaminantes es Vigo. El ayuntamiento de la localidad ha modificado su Ordenanza de Movilidad Sostenible de manera que los vehículos sin distintivo medioambiental no puedan estacionar en las zonas SER. La prohibición entró en vigor el pasado 1 de enero.

Esta medida se enmarca dentro del Plan A de Calidad del Aire de Vigo que fue aprobado en octubre de 2018 por el anterior Gobierno. Deja fuera de las plazas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) a los vehículos de gasolina matriculados antes del año 2000 y a los diésel matriculados antes de 2006.

Multa: 90 euros

Como sucede en Madrid y Barcelona, estacionar sin disponer de la pegatina que acredita que el vehículo cumple la normativa establecida por el consistorio tiene multa. En Vigo, la sanción es de 90 euros (en este enlace puedes ver cuáles son las multas en Madrid Central y en la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona).

Como en los otros dos casos, la norma establece excepciones:

  • Los residentes en su respectiva Área de Estacionamiento Regulado, podrán estacionar en la zona SER hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Los vehículos comerciales e industriales que dispongan de autorización de estacionamiento SER en el momento de entrada en vigor de esta Ordenanza como integrantes de los correspondientes colectivos cualificados, podrán aparcar hasta el 31 de diciembre de 2021.
  • Los vehículos auxiliares de apoyo a la operación del servicio de transporte público colectivo urbano general de uso regular, podrán estacionar hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Los vehículos de 2 y 3 ruedas, los destinados a transportar personas que acrediten disponer y empleen la autorización especial para PMR, y los destinados a servicios esenciales (incluyendo los vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado, Policía Municipal, Agentes de Movilidad, ambulancias y vehículos de a asistencia sanitaria), podrán aparcar en la zona SER hasta la fecha que en su caso determine la Junta de Gobierno u órgano en que delegue.

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