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Matrícula para patinetes eléctricos, ¿será obligatoria en 2021?

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¿Será obligatoria la matrícula para patinetes eléctricos en 2021? Todo parece apuntar a que no, aunque la DGT ya está desarrollando el nuevo Real Decreto.

Los patinetes eléctricos, al igual que otros vehículos de movilidad personal (VMP), han pasado de no contar con una normativa que regule su utilización, a contar cada vez con más normas que limitan y restringen su utilización, al igual que ocurre con otros tipos de vehículos que circulan por la vía pública. Ahora, la DGT ya está desarrollando el nuevo Real Decreto que espera que se publique este mismo año y que determinará todos los aspectos que afectan a los patinetes eléctricos de una normativa unificada. Entonces, ¿será obligatoria la matrícula en los patinetes eléctricos en 2021?

Si quieres ir en patinete eléctrico, la DGT obligará a llevar casco y tener esta edad

Todo apunta a que no será obligatoria la matrícula en los patinetes eléctricos, no al menos en 2021. Eso sí, la DGT no descarta que en un futuro se puedan adoptar cambios en la normativa que afecten tanto a la obligatoriedad de matricular este tipo de vehículos de movilidad personal como la exigencia de llevar un seguro en vigor. Sin embargo, Tráfico no tiene previsto adoptar estas medidas a corto plazo.

Vídeo: probamos el primer patinete eléctrico de Seat:

Matrícula para patinetes eléctricos, ¿será obligatoria en 2021?

Tampoco será obligatorio pagar ningún tipo de impuesto, como ocurre con el impuesto de matriculación de los coches o el popularmente conocido como impuesto de circulación (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica). Lo que sí se exigirá será disponer de un certificado de circulación que acredite que el vehículo cumple con los requisitos técnicos contemplados en el manual de características.

Sin embargo, este certificado se aprobará mediante resolución del Director General de Tráfico y no se empezará a requerir hasta pasados dos años desde dicha aprobación. Por otro lado, la DGT fijará una edad mínima para poder circular con patinete eléctrico. Por el momento, esto es competencia de los Ayuntamientos y suele oscilar entre los 14 y 16 años en función de la Comunidad Autónoma. 

No será obligatorio, por el contrario, disponer de un carné de conducir específico para poder circular con estos vehículos, aunque se promoverá que se realicen cursos de formación vial como ya se llevan a cabo en otros países europeos. Tampoco estaremos obligados, al menos de momento, a equipar casco o chaleco reflectante cuando circulemos con estos vehículos. Sin embargo, ya se exige que el vehículo esté equipado con luces para señalizar la posición y ser más visibles ante otros usuarios de la vía pública. El uso del casco será uno de los elementos que regulará la DGT con el Real Decreto que está redactando.

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