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La DGT revela los seis casos en los que puedes adelantar en prohibido

Seis casos en los que puedes adelantar en prohibido

Todas las normas tienen sus excepciones. Sí, todas, incluidas las de tráfico. Si en el tramo de carretera por el que vas hay una línea continua, sabes que no está permitido sobrepasar a otros vehículos... salvo en determinadas circunstancias. Eso mismo es lo que ha querido recordarnos un reciente post en redes sociales en el que la DGT revela los seis casos en los que puedes adelantar en prohibido. ¿Sabes cuáles son?

Lo cierto es que puede que intuyas varios. Porque esta lista de excepciones de la que habla la Dirección General de Tráfico engloba a distintos grupos de usuarios de la vía. "Se puede adelantar en prohibido a bicicletas, ciclomotores, vehículos de tracción animal, peatones, animales, y a las grúas en operaciones de auxilio y rescate", destaca el tuit. Este último supuesto, el de las grúas, es una novedad derivada del nuevo protocolo de auxilio en carretera, que entró en vigor el pasado 1 de julio. Eso sí, la DGT recalca que el adelantamiento en estos siempre se debe hacer "manteniendo la distancia lateral de seguridad y sin riesgo para nadie".

Para darnos esta información, la institución se basa en el Reglamento General de Circulación. En su capítulo 88, este establece lo siguiente: "Cuando en un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento se encuentre inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la marcha, salvo que la inmovilización venga impuesta por las necesidades del tráfico, podrá ser rebasado, aunque para ello haya que ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario, después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos requisitos se podrá adelantar a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general".

Por tanto, hay que añadirle un 'bonus' a los casos en los que puedes adelantar en prohibido: los ciclos. Además, el artículo 89 también permite rebasar cualquier obstáculo que se encuentre en la vía, con las mismas precauciones que en el caso anterior. Cosas que es importante tener claro en estos meses en los que conducimos más y por rutas más largas y menos conocidas de lo habitual.

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