Cazan a un conductor a 213 km/h borracho y drogado con cocaína y cannabis

En la autovía A-4, limitada a 120 km/h, el pasado mes de diciembre un conductor fue cazado por tres motivos: exceso de velocidad, alcohol y drogas.

La Guardia Civil caza a infractores todos los días. No es algo que sea noticia, pero de cuando en cuando aparece algún caso que sobresale respecto al resto y no precisamente por buenos motivos: un conductor iba a 213 km/h, borracho y drogado con un par de sustancias ilegales.

Los hechos tuvieron lugar el pasado día 21 de diciembre de 2024 a las 11:39 horas en la Autovía del Sur A-4 que conecta Madrid y Cádiz, en el punto kilométrico 186'5, a la altura del término municipal de Valdepeñas, en Ciudad Real.

La velocidad máxima legal permitida en dicha vía es de 120 km/h, pero el conductor circulaba en su vehículo a 213 km/h. Tras ser cazado, los agentes de la benemérita le dieron el alto para proceder a realizar las pruebas de alcoholemia y drogas.

En la primera prueba de alcohol dio un resultado de 0,30 mg/l de aire espirado y, tras pasar el tiempo estipulado, se le realizó una segunda, en la que el resultado fue exactamente el mismo.

A continuación, se le sometió a la prueba de detección de drogas en saliva, en la que de nuevo dio positivo y por partida doble: había consumido tanto cannabis como cocaína.

Como consecuencia de todas sus infracciones, se procedió a la inmovilización del vehículo y las diligencias fueron remitidas al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Guardia de Valdepeñas.

Con estos resultados, ¿de qué se le acusa?

Lo primero es de la infracción del artículo 20.1 del Reglamento General de Circulación, puesto que circulaba con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0’25 miligramos por litro. Esto hace que se encuentre en el paraguas de la tasa de alcohol entre 0,25 y 0,5 mg/l de aire espirado, lo que implica una multa de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet.

Sin embargo, si se trata de un conductor reincidente, aunque la sustracción de puntos sería la misma, la sanción económica sería del doble, es decir, de 1.000 euros.

Lo segundo es una infracción del artículo 14.1 de la Ley de Seguridad Vial, por conducir un vehículo teniendo presencia de drogas en el organismo. En este caso se trata de una sanción administrativa que contempla una multa de 1.000 euros y la retirada de seis puntos en el carnet de conducir.

Hay que tener en cuenta, eso sí, que el capítulo IV del Título XVII del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y en ellos se incluyen conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas tóxicas.

En ese caso, las penas son las siguiente: prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Además, privación del derecho a conducir durante entre uno y hasta cuatro años.

Quien se plantee la negativa a someterse a las pruebas en un control debe saber que la sanción que se aplica por dicho comportamiento es de prisión de seis meses a un año y la privación de la conducción entre uno y cuatro años.

Otro punto a tener en cuenta es el tiempo que permanecen las drogas en el cuerpo tras consumirlas

En el caso del conductor cazado, el cannabis es detectable en saliva durante los 4 días siguientes y durante las dos semanas siguientes en sangre. Por su parte, la cocaína es detectable en saliva durante las 24 horas posteriores al consumo, aunque en consumidores habituales se puede detectar durante más tiempo.

Por último, queda la sanción por el exceso de velocidad cometido. Teniendo en cuenta que la vía estaba limitada a 120 km/h y que el conductor circulaba a 213 km/h, la infracción entra dentro de la categoría de muy grave (empieza a partir de los 191 km/h en este caso), por lo que implica una multa de 600 euros y la retirada de 6 puntos del carnet.

Esas son las sanciones individuales por cada una de las tres conductas por separado, pero el hecho de combinarlas (el exceso de velocidad hace que los tiempos de reacción sean menores, mientras que alcohol y drogas hacen que el conductor reaccione todavía más lento) hace que sean peores y puede considerarse como un delito contra la seguridad vial.

Otros artículos interesantes:

Más información sobre:

Ver sus artículos

Mario Herráez

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España