La DGT blinda el estacionamiento de las autocaravanas, aunque los ayuntamientos seguirán pudiendo imponer restricciones en las ciudades

La última actualización del RGC aclara cómo pueden estacionar las autocaravanas y mantiene la capacidad de los ayuntamientos para regularlo en los núcleos urbanos.
Viajar en autocaravana o en una furgoneta camperizada lleva años dejando de ser una afición minoritaria para convertirse en una de las formas de turismo con mayor crecimiento en España. Lo que comenzó siendo una alternativa utilizada por unos pocos aficionados se ha transformado en un fenómeno que ha multiplicado el número de vehículos de este tipo en las carreteras. Según los datos que maneja la Dirección General de Tráfico (DGT), el parque nacional ha pasado de unas 48.000 autocaravanas en 2015 a rozar las 137.000 en la actualidad.
Este crecimiento también ha traído consigo un aumento de los conflictos entre los usuarios de estos vehículos y muchos ayuntamientos, especialmente en localidades turísticas donde durante el verano la presión sobre el espacio público es mucho mayor. Para intentar poner orden a esta situación, el Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación (RGC) que incorpora por primera vez una regulación expresa sobre el estacionamiento de las autocaravanas.
La DGT aclara cómo deben estacionar las autocaravanas
La principal novedad es que estos vehículos podrán estacionar en cualquier lugar donde esté permitido hacerlo a un turismo, siempre que permanezcan correctamente aparcados y no desarrollen actividades propias de la acampada. En otras palabras, la autocaravana deberá mantenerse dentro de la proyección en planta del vehículo, sin desplegar toldos, mesas, sillas, ventanas abatibles u otros elementos que amplíen el espacio que ocupa. Tampoco podrá apoyarse sobre calzos o patas estabilizadoras ni verter aguas grises o negras al exterior.
Cuando cualquiera de estas situaciones se produce, deja de considerarse un simple estacionamiento y pasa a interpretarse como una acampada, una práctica que únicamente está permitida en las zonas habilitadas para ello. En caso contrario, las sanciones pueden oscilar entre los 60 y los 200 euros en vías urbanas, mientras que, en espacios protegidos, como playas o parques naturales, pueden alcanzar los 5.000 euros.
La modificación llega en un momento en el que el caravaning continúa ganando adeptos. Desde la Asociación Española de la Industria y Comercio del Caravaning (ASEICAR) explican que el fuerte crecimiento no se debe únicamente al impulso que recibió durante la pandemia, sino también al cambio de mentalidad de muchos viajeros, especialmente los más jóvenes.
Frente a las vacaciones tradicionales en un único destino, cada vez son más quienes prefieren recorrer varias localidades durante un mismo viaje con la libertad que proporciona llevar el alojamiento consigo.
Sin embargo, ese mismo incremento del número de autocaravanas también ha provocado nuevos problemas. Durante la temporada alta, cientos de miles de vehículos recorren la Península buscando áreas de servicio y zonas donde estacionar. La escasez de plazas disponibles y la proliferación de furgonetas camperizadas utilizadas como alojamiento han generado tensiones en numerosos municipios, sobre todo en los destinos de costa.
Los ayuntamientos tienen la última palabra
Precisamente por ese motivo, la Dirección General de Tráfico también ha aprovechado la nueva Instrucción PROT 2026/04 para adaptar su criterio a la jurisprudencia del Tribunal Supremo. El Alto Tribunal ya estableció en una sentencia de 2018 que los ayuntamientos tienen capacidad para regular el estacionamiento de las autocaravanas cuando existan razones justificadas relacionadas con la convivencia, el uso del espacio público o la protección del entorno urbano.
Eso significa que, aunque el Reglamento reconozca que una autocaravana correctamente estacionada debe recibir el mismo tratamiento que cualquier otro vehículo, las administraciones locales seguirán pudiendo establecer determinadas limitaciones mediante sus ordenanzas municipales. Entre ellas figuran restricciones horarias, limitaciones de permanencia, prohibiciones en determinadas zonas o regulaciones específicas motivadas por la elevada afluencia turística o las características de la vía.
La propia DGT reconoce que mantener un criterio distinto al fijado por el Tribunal Supremo ya no tenía sentido, motivo por el que ha decidido actualizar sus instrucciones. Así lo ha explicado el subdirector de la Unidad de Normativa de la DGT, Francisco de la Alas-Pumariño:
“El Tribunal Supremo está diciendo que no se trata solamente de las dimensiones y la masa del vehículo, sino que una autocaravana tiene usos que no tienen otros vehículos, y esos usos tienen una incidencia en los vecinos del municipio que pueden justificar una regulación especial en cuanto al estacionamiento. Por esa razón se ha eliminado esa parte del texto, porque no tiene sentido que desde la DGT mantengamos una opinión que sabemos que no coincide con la del Tribunal Supremo, y que luego digamos a los autocaravanistas que recurran a los órganos judiciales cuando lo normal es que estos sigan el criterio del Tribunal Supremo”
En consecuencia, quienes viajen en autocaravana seguirán disfrutando de un marco normativo más claro sobre qué se considera estacionar y qué constituye acampada, pero antes de detener el vehículo continuará siendo recomendable consultar las ordenanzas municipales del destino para evitar sanciones inesperadas.
