La CNMC impone una multa ejemplar y millonaria a Repsol por ofrecer descuentos cuando la gasolina rozaba los 2 euros. "Es la primera vez en la historia del derecho de la competencia"

Multa de la CNMC a Repsol.
Multa de la CNMC a Repsol.

Repsol intentó expulsar a sus competidores con su política de precios durante la crisis energética, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. La sanción asciende a 20,5 millones de euros.

Seguramente recordarás el verano de 2022, cuando el precio de la gasolina y el diésel superó el umbral de los 2 euros, debido al inicio de la guerra de Ucrania. En esa época Repsol ofreció descuentos en sus carburantes y ahora la CNMC ha multado a la petrolera española.

El pico se alcanzó el 17 de junio, cuando la gasolina 95 costó de media 2,156 euros/litro y el 23 de junio, cuando hizo lo propio el gasóleo, a 2,106 euros/litro de media. Incluso, en los meses siguientes, el diésel llegó a ser más caro que la gasolina.

Pues bien, en este contexto, como decimos, Repsol aplicó una serie de descuentos en el precio de sus combustibles y la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia entiende que fue una “política comercial de estrechamiento de márgenes abusivo en perjuicio de estaciones de servicio independientes y que compiten con las de Repsol”.

Por ello, el organismo público (independiente del Gobierno y encargado de garantizar la libre competencia y supervisar los mercados y sectores productivos) ha impuesto una multa millonaria a diversas filiales de Repsol, que asciende a 20,5 millones, así como la prohibición de contratar con la administración pública durante seis meses.

La CNMC impone una multa de 20,5 millones de euros a Repsol

Estación de servicio Repsol.
Estación de servicio Repsol.Repsol.

En aquel momento, el Gobierno estableció el famoso descuento de 20 céntimos por litro en el precio de los combustibles, parte del cual lo pagaba el Estado y otra parte las propias comercializadoras de carburantes.

Según explica la CNMC, Repsol tenía una “posición de dominio” en el mercado mayorista de carburantes a estaciones de servicio a escala nacional y el derecho de la competencia exige que las empresas en posición de dominio sean “especialmente responsables de no restringir la competencia”.

El organismo público hace referencia al artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y al artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)”, según los cuales el estrechamiento de márgenes comerciales es una conducta prohibida para las empresas en posición de dominio.

En este caso, ha afectado a la venta de gasóleo A a gasolineras rivales que luego suministran a clientes profesionales, principalmente a transportistas.

Posible abuso de posición de dominio

A finales de 2022, la CNMC recibió varias denuncias de asociaciones del sector y procedió a inspeccionar las sedes de varios operadores de hidrocarburos, no sólo Repsol, sino también otros como Moeve (antes Cepsa) o BP. Un año más tarde, en diciembre de 2023, inició un expediente sancionador contra Repsol por un posible abuso de su posición de dominio en el mercado.

Según explica la institución que preside Cani Fernández, varias sociedades del grupo Repsol desplegaron una estrategia incompatible con su posición de dominio para ganar volumen a otras estaciones de servicio.

De esta forma, podría “revertir la pérdida de ventas y de cuota de mercado que sufrían desde 2019, que consistió en incrementar de forma generalizada aguas arriba el precio de venta mayorista de combustibles a las estaciones de servicio independientes”.

Al mismo tiempo, la compañía también habría aplicado “aguas abajo en las gasolineras de la red de Repsol para los clientes profesionales que repostasen diésel una campaña de descuentos adicionales al descuento de 5 céntimos por litro que la empresa podía establecer como alternativa a la prestación patrimonial de carácter público exigida por el Gobierno”.

El resultado fue una “práctica de estrechamiento de márgenes” entre abril y diciembre de 2022 que coincidió con el incremento del precio de la gasolina tras el inicio de la guerra entre Rusia y Ucrania.

De esta forma, determinadas estaciones de servicio independientes “redujeron drásticamente su volumen de ventas de combustible diésel a profesionales, mientras que Repsol incrementaba sus ventas y su cuota de mercado”, indica la CNMC.

El organismo público subraya que era una práctica “especialmente grave”, porque los competidores eran gasolineras low cost que “contribuían a dinamizar el mercado en zonas de alta demanda”.

“Esta resolución de la CNMC es arbitraria”

Estación de servicio Repsol.
Estación de servicio Repsol.Repsol.

Lógicamente, Repsol no ha tardado en responder y rechaza la multa impuesta por la CNMC de manera contundente. En un comunicado, la petrolera española ha expresado que “la decisión se apoya en un relato parcial y descontextualizado, con errores de método y de derecho, que ignora el contexto excepcional de 2022, y no acredita ni posición de dominio, ni efecto de exclusión en el mercado”.

“Es la primera vez en la historia del derecho de la competencia nacional y comunitaria que la CNMC sanciona a una compañía por aplicar descuentos, en este caso superiores a 450 millones de euros, comunicados públicamente y supervisados por la propia Administración, para aliviar la delicada situación de familias y profesionales, todo ello en un contexto excepcional de mercado”.

Asimismo, Repsol advierte que “sancionar una conducta legal y supervisada por la propia CNMC desnaturaliza el sentido de la norma, limitará los descuentos futuros de las compañías en numerosos sectores y desincentivará respuestas empresariales responsables ante crisis futuras”.

Esta resolución de la CNMC es arbitraria”, afirma la compañía, “ya que no define con rigor el mercado mayorista español de aprovisionamiento de gasóleo A a estaciones independientes, que es abierto y transparente, con importaciones significativas, capacidad logística ampliamente accesible e independiente de Repsol y con numerosos operadores habilitados”.

Precisamente, el organismo supervisor ha hecho “todo lo contrario”, dice Repsol: “Infla artificialmente la cuota de mercado, mezclando productos y clientes”.

Y prosigue: “La CNMC reconoce que no hubo márgenes negativos ni salidas del mercado por parte de los competidores analizados”, a la vez que lamenta que “la CNMC está más preocupada por los resultados de esos competidores que por los ahorros que los descuentos supusieron para clientes y consumidores”.

A juicio de Repsol, sorprende “que esta decisión se dé en un contexto de crecimiento continuo de la cuota de mercado de los operadores de estaciones de servicio independientes, frente a la de los operadores tradicionales”.

“Según datos de la propia CNMC”, continúa, “a finales de 2024 el 45% de las estaciones de servicio de España (5.736 gasolineras) eran independientes. Ni siquiera la realidad del mercado de distribución de carburante se corresponde con las premisas reconfiguradas por la CNMC en este expediente”.

También resulta sorprendente para la petrolera “que no haya ninguna referencia al fraude en el expediente, pese a las dos denuncias presentadas por Repsol, sin que se haya tenido noticia alguna sobre las mismas, ya que en la distribución mayorista de carburante es indiscutible el incumplimiento masivo de las obligaciones regulatorias y fiscales, así como su afectación a la competencia. Una cuestión reconocida por la propia CNMC, el Gobierno, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y otras autoridades, y que motivó el Real Decreto-ley 8/2023”.

Repsol podrá interponer un recurso contencioso administrativo contra la resolución de la CNMC ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Álvaro Escobar

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España