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Préstamo de reparación del seguro de cohe, la letra pequeña en nuestro glosario

préstamo de reparación
Es una cobertura muy barata de contratar, por esta razón, solo se tienen en cuenta 2 puntos, ya que lo que se valora es la cantidad que cubre la aseguradora en caso de elección libre de abogado y si reclama daños en objetos y en el remolque.

Esta cobertura surge con el objetivo de ayudar al asegurado cuando tenga que hacer frente a una costosa reparación de su vehículo tras un accidente y no disponga del dinero suficiente o bien no quiera utilizar sus ahorros para arreglarlo.

Concepto

Con la contratación de esta cobertura el aseguradazo tendrá derecho a que su compañía le pague la reparación del vehículo mediante la concesión de un préstamo, el cual deberá devolver con unas condiciones que vendrán estipuladas en las Condiciones Generales.

Para que esta cobertura se haga efectiva tendrán que producirse de manera conjunta las siguientes condiciones:

  • Daños a consecuencia de un siniestro y nunca de una avería.
  • No existe tercero culpable.
  • Los daños no son aplicables a otra cobertura.

Un ejemplo práctico sería que tuvieras un accidente en el que somos culpables (condición 1 y 2) y a consecuencia de ello necesitamos pasar por el chapista. Puesto que no tenemos contratada la cobertura de daños propios (condición 3) los gastos deberán correr por nuestra cuenta, pero gracias a esta cobertura la compañía nos prestará el dinero. Para este caso si tuviéramos contratada la cobertura de daños propios con franquicia, algunas compañías incluso nos prestarían el valor de la misma.

Para coberturas como roboincendio lunas, sucedería lo mismo. 

La letra pequeña

Como vemos, esta cobertura nos evita un desembolso que puede ser más o menos importante dependiendo de la gravedad de los daños, y que puede ser que no dispongamos de ello. Pero ¿cuáles son sus limitaciones?

Si todo lo anterior es una muy buena idea, ya que nos evita el desembolso de una cantidad de dinero que puede que no dispongamos, es hora de ver los "matices", es decir:

1.- ¿Quién lo concede y con qué exigencias?

Es importante saber con quien firmamos el préstamo, puesto que no es lo mismo que sea nuestra propia compañía quien nos financie, que sea a través de un banco.

Esta importancia radica en las condiciones que va a tener el crédito. La aseguradora puede estar más o menos obligada por el contrato firmado a darnos el crédito y un banco ajeno al contrato puede tener unas condiciones que no podamos cumplir, como tener un trabajo estable, un salario suficiente determinado, cuota mensual alta, etc.

Antes de contratar esta cobertura tenga en cuenta estos aspectos para que, si se aplica alguna de estas condiciones, cuando llegue la hora de la verdad no pueda solicitar el préstamo.

2.- Intereses, comisiones y otros gastos

La concesión de un crédito tiene consigo una serie de intereses y diferentes comisiones que nos aplican en cada banco.

Para esta cobertura, no tiene sentido tener que pagar ningún tipo de interés ni comisión, puesto que ya estaríamos pagando un valor por tener la cobertura y además al año siguiente nos bajarán la bonificación en caso de hacer uso de ella.

Por esta razón, lo normal en todas las aseguradoras es que nos ofrezcan un préstamo para la reparación a un 0% de intereses y comisiones.

Si no fuera así, y por disponer del préstamo nos aplicaran unos intereses y comisiones, no compensaría en absoluto tener contratada esta póliza, ya que la aseguradora estaría aprovechándose de usted, al ofrecerlo un producto más, que encima va a pagar por dos veces.

3.- Condiciones y plazo de devolución

Otros datos en los que es importante detenerse antes de contratar el crédito son:

  • Forma de pago: Si se puede realizar en forma de cuotas mensuales, cada seis meses, una vez transcurrido un año, etc.
  • Plazo máximo: Si se puede elegir un plazo para su devolución de un seis meses, un año, dos, etc.

Otro detalle que debemos establecer es la forma de pago: si por domiciliación bancaria, talones, en efectivo, etc.

4.- Límite mínimo y máximo

Es importante conocer, cuales son los topes, mínimo y máximo, que nos podrán otorgar.

Lo normal es que las compañías no nos otorguen menos de ciertas cantidades puesto que se consideraría que no tendría mucho sentido que hiciéramos uso de esa cobertura para pequeñas cantidades y tener que afrontar al año siguiente una bajada en la bonificación.

En cualquier caso es interesante tener en cuenta esta cantidad mínima, puesto que se fuera una cantidad exagerada puede que nunca hagamos uso de esa cobertura, y tampoco tendría mucho sentido contratarla.

Igualmente, es conveniente saber el límite máximo de cantidad que nos podrán conceder, puesto que si la cantidad no es muy alta, quizá no tendría sentido contratarla.

Si tengo concedido un crédito ¿me concederán otro antes de pagarlo?

Como norma general, las aseguradoras tienen un límite con una cantidad máxima, bien a través de un único préstamo, o bien a través de varios diferentes.

Como sucede con los demás aspectos, no hay una regla fija, por ello lo recomendable es mirar su póliza para ver las condiciones que se aplican.

Consejo

Esta cobertura toma especial relevancia cuando se trata de un seguro a terceros, ya que al no tener contratada la póliza de daños propios nos puede servir para pagar una cuantía bastante elevada por un siniestro, permitiéndonos pagarlo en cómodos plazos.

Por supuesto, hay que comprobar que el préstamo se devuelve sin intereses ni comisiones, que tenga un límite máximo y mínimo razonable para poder hacer uso de él y que las exigencias que nos piden para aprobar su concesión sean básicas.

Etiquetas: Seguros

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