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Nuevo exámen de conducir: los cuatro grandes cambios que quiere introducir la DGT

Cómo encontrar una buena autoescuela barata: muchos trucos
Leemos con 'lupa' el texto legal para que no se nos escape nada

Primero era que sí; ahora es un quizá. Lo cierto es que la DGT lleva tiempo queriendo crear un nuevo exámen de conducir con un montón de cambios con los que pretende aumentar la preparación de los nuevos conductores y reducir así la siniestralidad vial de este colectivo.

Todos los cambios que el equipo de Pere Navarro ha ideado para el permiso de conducir están reflejados en el borrador del Real Decreto por el que se pretende modificar el Reglamento General de Conductores (en vigor desde 2009). El texto legal dice que los cambios deben entrar en vigor el 1 de julio de 2019, con lo que no contaban era con un posible de cambio de Gobierno que ha dejado el borrador en un stand by a la espera de ver, primero, quién gobierna España y, segundo, si ese quién y su equipo apoyan las ideas de Pere Navarro.

En Autobild.es hemos leído con lupa el Real Decreto para ver cómo será el nuevo examen de conducir si se llegan a aprobar los cambios redactados por la Dirección General de Tráfico.

A continuación listamos los cambios más relevantes...

1. Asistencia obligatoria a la autoescuela

Dice el texto legal... 

"Para ser admitido a las pruebas de control de conocimientos deberá acreditarse, mediante certificación del director de la escuela, haber recibido la formación presencial que se establece en el Anexo IX".

"En ningún caso podrá ser admitido a las pruebas de control de conocimientos y de aptitudes y comportamientos necesarias para obtener el permiso de conducción quien no haya realizado su formación de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior, salvo que haya sido titular de un permiso de categoría equivalente o superior".

Consultamos el Anexo IX para comprobar que los alumnos tendrán que asistir a un mínimo obligatorio de ocho horas presenciales en las que se abordarán temas sobre colectivos vulnerables (ciclistas, motoristas y peatones), factores de riesgo (velocidad, alcohol y drogas), distracciones al volante (teléfono móvil), uso de sus sistemas de retención) y normas de circulación.

El director de la escuela será el encargado de acreditar que el alumno ha recibido la formación presencial obligatoria en autoescuela mediante documento oficial.

Quedan exentos de la formación presencial los siguientes supuestos:

  • Quienes soliciten permiso de la clase C y sean titulares de la clase C1
  • Quienes soliciten permiso de la clase D y sean titulares de la clase D1
  • Quienes soliciten permiso de la clase C1 + E, C + E, D1 + E o D + E y sean titulares de alguna de las clases C1 + E, C + E, D1 + E o D + E
  • Quienes a la entrada en vigor de este reglamento tuvieran iniciado un procedimiento para la obtención para alguna clase de permiso de conducción

2. Examen teórico de recuperación del permiso de conducir

Quienes pierdan el permiso de conducir por detracción de los puntos como consecuencia de varias infracciones de tráfico tendrán que someterse a un curso de sensibilización y reeducación vial, pero también tendrán que superar una prueba de control de conocimientos.

El texto da un máximo de tres convocatorias para superar esta prueba de control de conocimientos, sin que entre una y otra puedan pasar más de seis meses. En caso de ser declarado no apto, el alumno para poder usar una segunda convocatoria tendrá que realizar un ciclo formativo de cuatro horas de duración. "El ciclo formativo versará sobre las mismas materias que dicho curso y para acreditar su superación se expedirá por el centro una certificación que se presentará por el interesado como requisito previo para poder realizar la prueba", explica el borrador.

Agotadas las tres convocatorias sin haber superado la prueba de control, el aspirante deberá iniciar de nuevo todo el proceso (curso de reeducación y sensibilización y prueba de control).

3. Plazos entre convocatorias

El abono de las tasas de examen dará derecho a dos convocatorias entre las que no deberían pasar más de seis meses. A partir de aquí, para la parte teórica:

  • entre la segunda y la tercera convocatoria mediará un mínimo de 12 días naturales
  • entre las sucesivas convocatorias el plazo mínimo será de 18 días
  • los plazos se podrán acortar en caso de "reconocida urgencia debidamente justificada"

Y para la parte práctica:

  • entre la primera y la segunda convocatoria tendrán que pasar un mínimo de 15 días naturales
  • entre la segunda y la tercera, al menos 30 días naturales
  • entre la tercera y la cuarta (y las sucesivas), habrá que dejar pasar un mínimo de 20 días naturales
  • además, entre convocatoria y convocatoria será obligatoria acreditar que el aspirante ha recibido un mínimo de cinco clases 

4. Cambios en el examen teórico 

El borrador del nuevo Reglamento General de Conductores marca las pautas de cómo será la prueba de conocimientos para conseguir el permiso de conducir. Estas son las principales novedades:

  • los test tendrán un mínimo de 30 y un máximo de 50 preguntas
  • las preguntas podrán estar precedidas por la visualización de vídeos sobre situaciones de tráfico
  • el tiempo de respuesta por pregunta será de un minuto (más si incluye vídeo)
  • para ser declarado apto, los errores cometidos no serán superiores al 10 por 100 del total de preguntas formuladas

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