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La UE 'tumba' el recurso de Madrid e insiste en que los Ayuntamientos no pueden decidir sobre las emisiones de los vehículos

Tubo de escape de un coche (Autobild).

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desestimado el recurso de los Ayuntamientos de Madrid, París y Bruselas contra el nuevo reglamento comunitario de homologación de coches. Estos consistorios entendían que la norma europea les restaba competencias para limitar las emisiones contaminantes de los vehículos.

La máxima instancia administrativa de la Unión Europea (UE) anula en su dictamen la decisión del Tribunal General, que había aceptado parcialmente el recurso presentado por esos tres consistorios en 2019.

La corte de Luxemburgo considera que en este contexto no se cumple "el concepto de persona directamente afectada, como requisito de admisibilidad de un recurso de anulación interpuesto por una entidad regional de un Estado miembro contra un acto de la UE".

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A vueltas con las emisiones 

El reglamento que ha dado lugar al recurso de los ayuntamientos surgió poco después de que estallara el escándalo del "Dieselgate" por las modificaciones que el fabricante alemán Volkswagen llevó a cabo los dispositivos informáticos de algunos de sus vehículos para modificar el nivel de emisiones de gases contaminantes de los coches durante las pruebas entre 2009 y 2015.

La Comisión Europea estableció entonces un procedimiento de ensayo de las emisiones en condiciones reales de conducción de los turismos y vehículos comerciales ligeros (WLTP), homologados con arreglo a la normativa aplicable a fin de reflejar mejor las emisiones medidas en carretera.

Pero Madrid, París y Bruselas consideraban que ese reglamento limitaba sus competencias a la hora de fijar un máximo de emisiones incluso más bajo y recurrieron la decisión al entender que eran parte afectada.

No obstante, el tribunal considera que las reglas de homologación "se refieren a la comercialización de los vehículos de motor, y no a su posterior circulación" y recuerda que "los ayuntamientos demandantes no disponen de potestades en materia de homologación de vehículos".

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