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¿Te pueden multar más de una vez al día por entrar en Madrid Central sin etiqueta DGT?

Madrid Central Policías Municipales

Preguntamos a los que saben para despejar todas las dudas al respecto. Los abogados de Pyramid Consulting son firmes en su respuesta: el Ayuntamiento de Madrid sí puede denunciar por acceder varias veces a Madrid Central el mismo día. 

Un ejemplo: si el mismo vehículo accede al perímetro restringido a las 10 de la mañana; sale; y vuelve un par de horas más tarde; le pueden multar dos veces aunque se trate del mismo día. "Vendría a ser como si un conductor se salta varios semáforos en rojo el mismo día", explican desde la empresa de recurso y gestión de multas

"No obstante, el criterio que está siguiendo el Ayuntamiento de Madrid (criterio que puede cambiar en cualquier momento) es no denunciar con una diferencia de cinco horas entre accesos a Madrid Central", aseguran los abogados.

Multar es legal, la duda está en la manera de informar

"Cuestión distinta es si, una vez denunciados los accesos el mismo día, pueden iniciar los expedientes sin que haya recaído firmeza del primero", prosiguen. Entendemos que se trataría de una infracción continuada recogida en el artículo 29.6 de la Ley 40/2015 y que le sería de aplicación lo dispuesto en el artículo 63.3 de la Ley 39/2015. Por tanto, no pueden iniciar los expedientes sin que haya recaído firmeza del primero al tratarse de una misma infracción cometida de manera continuada. 

La empresa ha tramitado recursos de multas de conductores que han sido sancionados en reiteradas ocasiones por entrar en Madrid Central sin distintivo. En base a una sentencia del Tribunal Supremo del 8 de noviembre de 2018 en la que se dispone que "para que se aplique la figura de la infracción continuada es preciso que exista un dolo unitario en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión", dudan de si esto es legal. 

Traducido esto significa a juicio de la empresa de defensa del automovilista que desde el momento en el que se puso la primera denuncia, todas las demás tendrían que haberse tramitado en el mismo expediente y concluir en una sola sanción.

Tuvieron éxito en un caso similar

Pyramid Consulting ya tuvo éxito recurriendo este tipo de sanciones, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 34 de Madrid estimó su recurso  defendiendo el caso de un cliente que había sido multado 14 veces en 3 semanas, siempre por el mismo motivo, en este caso un estacionamiento indebido en una calle de Madrid.

Desde Pyramid Consulting se puso de manifiesto el artículo 63.3 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones públicas, artículo que se recoge en la sentencia y que dispone lo siguiente: “No se podrá iniciar nuevos procedimientos de carácter sancionador por hechos o conductas tipificados como infracciones en cuya comisión el infractor persista de forma continuada, en tanto no haya recaído una primera resolución sancionadora, con carácter ejecutivo”.

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