La Guardia Civil de Tráfico se planta porque dice que les obligan a trabajar en moto, aunque quieran hacerlo en coche, incumpliendo un acuerdo previo

La AUGC denuncia que los agentes no pueden elegir cuándo patrullar en coche o moto y piden que el chaleco airbag no sea obligatorio a más de 32 grados de temperatura.
La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha cargado duramente contra una instrucción publicada el pasado 9 de mayo por el Mando de Operaciones de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Según denuncia la organización, el nuevo documento contradice los compromisos adquiridos meses antes en el Consejo de la Guardia Civil y limita la posibilidad de que los agentes motoristas puedan decidir cuándo prestar servicio en motocicleta y cuándo hacerlo en un coche.
El origen de la polémica se remonta al Pleno del Consejo de la Guardia Civil celebrado en diciembre de 2025. En aquella reunión, según explica la AUGC, el segundo jefe de la Agrupación de Tráfico trasladó que el uso del chaleco airbag no quedaba sujeto a la decisión de los mandos y que los motoristas podían optar por realizar el servicio en un coche cuando así lo considerasen oportuno, utilizando para ello su propio criterio profesional y sin necesidad de solicitar autorización previa. La asociación sostiene que este compromiso quedó reflejado expresamente en el acta oficial de la reunión.
Los agentes piden elegir cuándo patrullar en coche o moto
Además, el Mando de Operaciones se habría comprometido a comunicar esos criterios de flexibilidad por escrito a todas las unidades de la Agrupación de Tráfico para que existiera una interpretación uniforme en todo el territorio. Sin embargo, la AUGC asegura que lo que finalmente ha llegado a las unidades es justamente lo contrario.
La organización considera que la instrucción publicada el 9 de mayo bajo el título “Criterios operativos sobre el uso de motocicletas en la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil” cambia por completo el planteamiento que se había trasladado en el Consejo.
Según explica, el documento sitúa a los mandos como elemento central a la hora de determinar el servicio, califica la flexibilidad como una medida excepcional y, además, niega expresamente que lo tratado en el Consejo suponga el reconocimiento de un derecho de libre elección del medio con el que prestar servicio.
Para la AUGC, esta nueva instrucción supone una revocación de facto de los compromisos adquiridos anteriormente. La asociación considera que se está intentando presentar como una simple aclaración lo que en realidad sería un cambio sustancial respecto a lo acordado meses antes. En su comunicado, incluso sostiene que esta actuación entra en conflicto con los principios de buena fe y confianza legítima recogidos en la legislación administrativa española.
Obligados a usar el chaleco airbag en días de calor
Pero la controversia no se limita únicamente a la cuestión de si un agente puede escoger entre moto o coche para realizar el servicio. Otro de los puntos que ha provocado el enfrentamiento tiene que ver con los criterios de prevención de riesgos laborales aplicados a los motoristas.
La instrucción mantiene sin cambios el rango térmico para la utilización del chaleco airbag, estableciendo que puede utilizarse con temperaturas comprendidas entre los 7 y los 35 grados centígrados. El problema, según denuncia la AUGC, es que el propio Servicio de Prevención de la Guardia Civil habría recomendado una temperatura máxima inferior.
Concretamente, la asociación señala que el informe PSI-08-25-OPCM, elaborado el 14 de julio de 2025 por el Servicio de Prevención, recomendaba reducir ese límite máximo hasta los 32 grados. El motivo era que determinadas prendas de trabajo utilizadas por los motoristas, entre ellas el chaleco airbag, dificultan la evacuación del calor corporal y pueden incrementar el riesgo para los agentes durante los meses más calurosos del año.
A juicio de la AUGC, la nueva instrucción ignora esa recomendación técnica sin aportar ninguna explicación que justifique mantener el límite en los 35 grados. La asociación considera especialmente llamativo que se invoquen criterios preventivos para respaldar la norma mientras, al mismo tiempo, se deja de lado la opinión del propio órgano técnico encargado de la prevención de riesgos laborales dentro de la Guardia Civil.
Ante esta situación, el secretario jurídico de la AUGC ha remitido un escrito formal al general jefe de la Agrupación de Tráfico solicitando varias aclaraciones. Entre ellas, pide que se facilite una copia del informe preventivo que avalaría el mantenimiento de los 35 grados como temperatura máxima. Y en caso de que dicho informe no exista, solicita que se identifique al técnico de riesgos laborales que sustenta esa decisión.
La asociación argumenta que si la Administración utiliza criterios de prevención para justificar una norma que contradice las recomendaciones emitidas por su propio servicio especializado, debe acreditar de forma clara cuál es la base técnica sobre la que se apoya esa decisión.
Mientras tanto, la AUGC mantiene una postura firme y considera que la seguridad de los agentes motoristas no debe depender de instrucciones que, según sostiene, contradicen los acuerdos alcanzados anteriormente y dejan de lado las recomendaciones de los propios especialistas en prevención de riesgos laborales.
