Arturo Pérez-Reverte, cazado por la Guardia Civil conduciendo sin cinturón de seguridad: multa de 200 euros

Arturo Pérez-Reverte y la multa que le ha puesto la Guardia Civil
Arturo Pérez-Reverte y la multa que le ha puesto la Guardia Civil
Noticia
Añádenos en Google

Elígenos como tu fuente preferida en Google.

A través de su perfil en X, Arturo Pérez-Reverte ha compartido una foto de una multa que la Guardia Civil de Tráfico le ha puesto por no llevar el cinturón de seguridad en un taxi.

El escritor Arturo Pérez-Reverte ha compartido a través de su perfil en la red social X (anteriormente Twitter) que la tarde del pasado 2 de noviembre la Guardia Civil de Tráfico le multó por no llevar puesto el cinturón de seguridad mientras viajaba en la parte trasera de un taxi. El cartagenero ha publicado la denuncia, con un importe que asciende a 200 euros, y ha reconocido que, “con toda la razón del mundo”, la sanción está debidamente justificada.

Los hechos ocurrieron a media tarde del lunes 2 de noviembre, cuando el escritor, periodista y académico viajaba en la parte trasera de un taxi por la A-6, en Madrid. Los agentes de la Guardia Civil de Tráfico detectaron la infracción y procedieron a emitir la multa por “no hacer uso el ocupante del vehículo, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, correctamente abrochado”, como se puede leer en el informe.

“Con toda la razón del mundo, la Guardia Civil me ha calzado hoy cien mortadelos de multa, que he pagado en el acto”, explica Pérez-Reverte en su publicación en X. El escritor reconoce que la denuncia la “he pagado en el acto” y que todo ha sido “pertinente y correcto”. Para finalizar, asegura que “les he deseado buen servicio” a los mismos agentes de Tráfico que lo denunciaron.

¿Por qué no le quitaron puntos a Arturo Pérez-Reverte por no usar el cinturón de seguridad?

Como se observa en la imagen que ha compartido el escritor en las redes sociales, la multa no implica la pérdida de puntos del carné de conducir, cuando la ley sanciona esta práctica con 200 euros y 4 puntos del carné de conducir. En el caso de Arturo Pérez-Reverte, ¿por qué la Guardia Civil no le quitó puntos?

En España, el uso del cinturón de seguridad en los coches está regulado por dos disposiciones legales diferentes. En primer lugar, tal y como recoge el artículo 47 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, “el conductor y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los términos que reglamentariamente se determine”.

Al mismo tiempo, el artículo 117 del Reglamento General de Circulación (RGC) determina que “el conductor y los ocupantes de los vehículos estarán obligados a utilizar, debidamente abrochados, los cinturones de seguridad homologados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas”.

Estas son las razones por las que Arturo Pérez-Reverte, al igual que cualquier otro usuario que en España viaje en un coche sin hacer uso del cinturón de seguridad, se expone a una multa de 200 euros, importe que se reduce hasta los 100 euros por pronto pago, por una infracción que se considera grave, como se tipifica en el artículo 76.h de la Ley de Tráfico.

Sin embargo, como hemos explicado más arriba, esta infracción conlleva la retirada de 4 puntos del carné de conducir. Eso sí, la detracción de los puntos solo es aplicable cuando se trata del conductor del vehículo, mientras que el pasajero se expone únicamente a la multa económica, siempre y cuando sea un adulto. En caso de ser un menor de edad, la responsabilidad por no usar correctamente el sistema de retención recae sobre el conductor.

Aquí también hay que hacer una distinción. En el caso de tratarse de un menor que no viaja utilizando un sistema de retención infantil (SRI) adecuado, la multa es de 200 euros, pero conlleva la retirada de 4 puntos del carné de conducir, siendo el responsable el conductor del vehículo.

La importancia del cinturón de seguridad

El cinturón de seguridad es uno de los elementos de protección más eficaces en caso de accidente de tráfico, ya que impide que el cuerpo golpee otras partes del vehículo o impacte contra el resto de ocupantes. Esta es la razón principal por la que su uso es obligatorio, porque su eficacia está probada, de ahí que la Dirección General de Tráfico (DGT) lleve años persiguiendo a los usuarios que, todavía hoy, no se ponen el cinturón.

Y el hecho de llevarlo de cualquier manera no evita una multa. Tal y como expone el artículo 117 del Reglamento General de Circulación, el cinturón tiene que estar “debidamente abrochado”, es decir, con la banda superior por encima del hombro, cruzando por encima del torso hasta la cadera; y la banda la banda inferior de lado a lado, sobre la cadera.

Llevar el cinturón por debajo del brazo o que la banda superior no pase sobre el torso es motivo de multa, y si eres el conductor no solo te sancionan con 200 euros, también te quitarán 4 puntos del permiso de circulación.

Ver sus artículos

Aarón Pérez

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España