Logo Autobild.es

¿Puedo conducir estando de baja médica?

¿Puedo conducir estando de baja médica?

Puede parecer algo obvio, pero no está tan claro. Te contamos si está permitido o no conducir si te encuentras en situación de baja laboral médica.

La DGT es estricta: “los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos y mantener su propia libertad de movimientos para garantizar su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. Además, advierte sobre algunas enfermedades peligrosas para conducir por aumentar el riesgo de accidentes. 

Existen varias patologías y lesiones que son incompatibles con la conducción, por lo que hay que tener claro si podemos ponernos al volante durante la baja. 

Por norma general, lo lógico es que apliquemos nuestro criterio y, si la enfermedad o lesión no nos impide ponernos al volante, probablemente no exista inconveniente para hacerlo. No obstante, el médico tendrá la última palabra. 

Según Tráfico Ayuda, si así lo considera el profesional, podrá proporcionar un informe al paciente, en el cual se acredite que esa persona puede conducir, aunque se encuentre en una situación de baja médica o laboral. 

Sin este documento, al conducir cuando la enfermedad o lesión pueda agravarse o ralentizar el proceso de recuperación, se perdería la prestación económica percibida por la baja. 

Además, también se podría llegar a perder el empleo por conducir, por ejemplo, una moto durante una baja por cervicalgia. Así lo demuestra esta sentencia, en la que la empresa puso un detective privado a una de sus empleadas: 

“Está verificando, cuando menos, una actividad inconsecuente e injustificada para su proceso de curación y que prolonga indebidamente su baja, porque se trata de una actividad que, por sí misma, obliga a tensionar y contraer el cuello y la musculatura paracervical” […] “Transgrede la buena fe, no sólo respecto de su empresario, sino del sistema público que sufraga una incapacidad temporal.”

Entre los motivos más frecuentes de baja por enfermedad o accidente en España, se encuentran: 

LUMBALGIA: es el segundo problema de salud más crónico y es el motivo del 12,5% de las bajas laborales. En este caso, el dolor intenso generado es incompatible con la conducción. Para su tratamiento se recomiendan analgésicos, antiinflamatorios y relajantes musculares, por lo que no está permitido conducir por sus efectos secundarios. 

CERVICALGIA: es la cuarta causa más frecuente de incapacidad laboral temporal y cuenta con características similares a las anteriores: el dolor cervical impide casi la total movilidad de esta zona. La mayoría de los pacientes necesitarán entre tres y seis semanas de tratamiento hasta su curación. Mientras que dure dicho tratamiento y hasta que se reciba el alta médica, no se puede conducir. 

ANSIEDAD: es el problema de salud mental más frecuente en atención primaria. Tiene como síntomas el mareo, la taquicardia o la sudoración excesiva. También puede provocar pérdidas de atención durante la conducción, debido a los efectos de la medicación. Por ello, una persona que se encuentre de baja laboral por ansiedad necesita el informe de un psicólogo o un psiquiatra para conducir. 

Hay que tener en cuenta es que pueden sancionarnos con hasta 6.000 euros por conducir estando de baja cuando la enfermedad no sea compatible con la conducción. 

Finalmente, es importante saber que, al sufrir un accidente de coche estando de baja, y según el tipo de póliza del seguro del vehículo, la compañía puede tener cláusulas sobre este tema. 

En ellas se puede detallar que en esos casos no se cubren los daños generados. No obstante, si nos encontrásemos en estas circunstancias, y ante cualquier duda, siempre es aconsejable dejarnos asesorar por un profesional.

Fuente: Tráfico Ayuda

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Autobild España.