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Que no te engañen: el Gobierno NO va a prohibir los coches diésel y gasolina en 2040

No prohíben coches de combustión

Se ha cumplido la fecha, pero el texto tiene modificaciones. Hablamos del  Ley de Cambio Climático y Transición Energética que tal y como adelantábamos en Autobild.es el pasado domingo fue aprobada ayer por el Consejo de Ministros. Pero no, pese a lo anunciado hasta entonces, el Gobierno NO va a prohibir los coches diésel y gasolina en 2040.

Hace tiempo que el Gobierno anunció su firme intención de prohibir los vehículos de combustión. Fijó dos fechas para alcanzar sus planes: 

  • 2040, como el año en que no se podrían fabricar vehículos propulsados por diésel y/o gasolina
  • 2050, fecha en la que ningún vehículo causante de emisiones contaminantes podría estar en circulación

Estos planes fueron bien acogidos por los ecologistas, pero no tanto por los fabricantes que entendían que el plazo para adaptar toda su actividad a vehículos eficientes era demasiado corto. Tampoco recibió el visto bueno de la legislación europea: en verano, Bruselas advirtió de que no se podía prohibir la venta de los coches diésel, solo establecer algunas restricciones.

Lo que dice la Ley de Cambio Climático

Tras leer con atención el borrador de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética aprobada ayer en el Consejo de Ministros (ojo, esto no le da luz verde, ahora debe ser aprobada en el Congreso), comprobamos que ha desaparecido la alusión directa a prohibir los coches diésel y gasolina en 2040.

El texto legal tiene como objetivo alcanzar la neutralidad climática en 2050. Se entiende por tal un punto en el que se reduzcan al máximo las emisiones de dióxido de carbono y las imprescindibles sean compensadas, bien por medios naturales (más bosques, por ejemplo) o tecnológicos. 

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En lo que a movilidad se refiere, se establece que "el conjunto de las Administraciones Públicas podrán en marcha medidas que posibiliten en 2050 un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2". Y prosigue: "de acuerdo con la normativa europea, adoptarán medidas necesarias para que los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos, excluidos los matriculados como vehículos históricos, no destinados a usos comerciales, reduzcan paulatinamente sus emisiones, de modo que no más tarde del año 2040 sean vehículos con emisiones de 0 gCO2/km". "A tal efecto, previa consulta con el sector, se pondrán en marcha medidas que faciliten la penetración de estos vehículos, incluyendo apoyo a la I+D+i", matiza el proyecto de Ley.

Zonas de bajas emisiones y puntos de carga para los coches eléctricos

A nivel de movilidad y transporte, el gran reto de la Ley de Cambio Climático pasa por impulsar la fabricación y venta de vehículos cero emisiones (requisito que, a día de hoy, solo cumplen los coches eléctricos de y pila de combustible). Para ello, habla de la "creación de espacios más habitables y saludables, con una calidad del aire mejorada". En este sentido, establece que "los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares introducirán, en la planificación de ordenación urbana, medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo la implantación de zonas de bajas emisiones no más tarde de 2023; acciones para facilitar los desplazamientos a pie, en bicicleta u otros medios de transporte activo; y la mejora y fomento del uso de la red de transporte público".

Hay alusión a las zonas de bajas emisiones ya creadas (como Madrid Central o la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona): "cualquier medida que suponga una regresión de las zonas de bajas emisiones ya existentes deberá contar con el informe previo del MITECO y del órgano autonómico competente en materia de protección del medio ambiente".

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Mención aparte merecen las medidas a adoptar para impulsar las energías alternativas.

El proyecto de Ley de Cambio Climático aprobado por el Consejo de Ministros incluye medidas concretas destinadas a impulsar el desarrollo de las infraestructuras de recarga eléctrica en todo el territorio nacional:

  • instalación obligatoria de puntos de carga para coches eléctricos en las estaciones de servicio en las estaciones de servicio con mayor volumen de venta, que representan en la actualidad el 10% de la red
  • instalación de sistemas de recarga en edificios de nueva construcción
  • instalación de puntos de carga en edificios existentes y en los edificios de uso distinto al residencial privado que cuenten con una zona de uso aparcamiento con más de veinte plazas

Además, el Gobierno habilitará un Punto de Acceso Nacional de información sobre puntos de recarga en tiempo real.

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