Multa de hasta 3.005 euros y precinto por tener el coche parado en el garaje sin seguro obligatorio

Aparcamiento exterior
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A pesar de la creencia popular, cancelar el seguro de tu vehículo porque va a estar inmovilizado durante un largo periodo no es la mejor idea. Te explicamos el porqué.

La legislación española obliga a que cualquier vehículo dado de alta y con estacionamiento habitual en España disponga de un seguro obligatorio en vigor, aunque permanezca inmovilizado durante meses y no salga nunca de una plaza privada. La consecuencia puede ser una sanción económica de entre 601 y 3.005 euros, además de la inmovilización o el precinto cautelar del automóvil. Y es que muchos conductores creen que existe una forma sencilla de ahorrar dinero cuando dejan de utilizar su coche durante una temporada: cancelar el seguro y mantener el vehículo guardado en el garaje.

Se trata de una obligación que sigue generando numerosas dudas entre los propietarios, especialmente entre aquellos que tienen un segundo coche, vehículos clásicos o automóviles que apenas utilizan durante largos periodos de tiempo. No obstante, el coche está obligado a tener seguro aunque permanezca aparcado en una cochera privada, en una plaza de garaje comunitaria o incluso en una finca particular. El simple hecho de no utilizarlo no elimina la exigencia legal.

Esta situación afecta cada año a miles de propietarios que dejan el vehículo inmovilizado por motivos económicos, laborales o personales. Algunos incluso consideran que, al no existir riesgo de accidente en circulación, no es necesario mantener la cobertura. Sin embargo, la legislación española contempla otros supuestos y mantiene la obligatoriedad mientras el automóvil siga figurando en el registro de vehículos.

Parking de un edificio
Parking de un edificio

La DGT puede detectar la falta de seguro sin ver el coche

Otro de los mitos más extendidos es que las autoridades no pueden descubrir la ausencia de seguro si el vehículo nunca abandona el garaje. Sin embargo, la realidad es muy distinta. Actualmente, la comprobación de la cobertura se realiza mediante sistemas informáticos que cruzan datos de diferentes organismos. Las compañías aseguradoras comunican sus pólizas al Consorcio de Compensación de Seguros, organismo que comparte información con la administración. Gracias al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA), las autoridades pueden verificar qué vehículos cuentan con una póliza activa y cuáles carecen de ella.

Esto significa que no es necesario que un agente vea el coche circulando por la carretera ni que acceda al garaje donde está estacionado. El simple cruce de datos permite detectar irregularidades y abrir un expediente sancionador. La obligación está basada en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que vincula la necesidad de disponer de seguro al estacionamiento habitual en España. A efectos legales, un vehículo matriculado en territorio español cumple este requisito, aunque lleve meses parado. De hecho, la sanción puede llegar sin que exista un control presencial o una denuncia previa.

Además de la multa, el vehículo puede quedar precintado

La sanción económica no es la única consecuencia. La normativa también contempla la posibilidad de imponer el depósito o precinto cautelar del automóvil. Se trata de una medida que puede generar importantes inconvenientes para el propietario y aumentar considerablemente los costes asociados a la infracción.

El depósito cautelar puede mantenerse durante un mes con carácter general. En caso de reincidencia, el plazo puede ampliarse hasta tres meses. Si el propietario incumple el precinto impuesto por la administración, el periodo de inmovilización puede alcanzar incluso un año completo.

Además, recuperar el vehículo no resulta tan sencillo como pagar la multa. El propietario deberá demostrar previamente que ha contratado una póliza de seguro válida y en vigor. Sin este requisito, la administración no autorizará la devolución del automóvil. A todo ello hay que sumar los gastos derivados del depósito y custodia del vehículo, que corren íntegramente a cargo del titular. Estos importes deben abonarse o garantizarse antes de recuperar el coche, lo que puede incrementar notablemente el coste final de la infracción.

La única alternativa legal para quienes no vayan a utilizar su coche durante una larga temporada consiste en tramitar una baja temporal o definitiva en el Registro de Vehículos. La reforma introducida por la Ley 5/2025 exime de la obligación de asegurar aquellos vehículos dados de baja que no se empleen como medio de transporte.

En definitiva, guardar el coche en el garaje no evita la obligación de contratar un seguro. Mientras el vehículo permanezca dado de alta, la póliza seguirá siendo obligatoria. Ignorar esta norma puede acabar traduciéndose en una multa de miles de euros, gastos adicionales y la inmovilización del automóvil, una situación que muchos conductores descubren cuando ya es demasiado tarde

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Alicia Pérez

Colaboradora

Colaboradora redacción motor Auto Bild España