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Las 5 peores multas de tráfico que te pueden poner

Las 5 peores multas de tráfico que te pueden poner
Si te toca una de las cinco peores multas de tráfico que te pueden poner ya puedes ir 'rascándote' el bolsillo y despidiéndote del permiso de conducir por una buena temporada. Pero ojo, al contrario de lo que se suele pensar, las mayores sanciones no son las que acarrean ir demasiado rápido o borracho al volante; las dos multas más caras se derivan del uso de inhibidores de radar o la identificación del conductor. Sigue leyendo que te damos el 'top five' completo.

Que te pille un radar más rápido de lo debido no está entre las cinco multas de tráfico más caras que te pueden poner. Sí lo está el uso de un inhibidor de radar, circular sin seguro o no identificar al conductor que ha cometido una infracción con tu coche.

Este es el top five de las peores multas de tráfico...

1. Por llevar instalada un inhibidor de radar: 6.000 euros y seis puntos menos en el carnet

En este punto es importante recordar la diferencia entre detector e inhibidor de radar. De forma rápida: el detector avisa de la proximidad de un punto de control de velocidad y el segundo lo deja KO, de manera que impide que capte una imagen por muy rápido que vayas.

De acuerdo con el procedimiento sancionador, conducir vehículos que lleven instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico es una infracción muy grave que se sanciona con 6.000 € y la pérdida de 6 puntos.

El uso de detectores de radar está penado con multa de 200 euros y tres puntos del permiso.

También hay multa para el taller que te haya instalado el inhbidor y la suya es más gorda: hasta 20.000 euros.

La mejor forma de evitar cualquier esta multa es no comprar ninguno de los antirradares ilegales que se venden en España.

2. Circular sin seguro: hasta 3.005 euros

La multa por conducir sin seguro puede oscilar entre los 601 euros y los 3.005 euros. La cuantía final depende de varios factores:

- si el vehículo estaba circulando en el momento en que se impone la multa.

- el servicio que preste el vehículo, no es lo mismo un turismo que una furgoneta con la que se trabaja.

- la gravedad de los hechos, no es lo mismo que el vehículo esté estacionado que, que se haya causado un accidente con un vehículo sin seguro.

- el tiempo que lleve el vehículo sin estar sin seguro

- si es la primera vez que se pone una multa por conducir sin seguro o no es la primera vez.

Además del importe de la multa por conducir sin seguro, el vehículo quedará inmovilizado o en depósito por plazo de un mes (tres meses si no es la primera vez que se impone una multa por no tener seguro) y para poder desprecintarlo o sacar del depósito, deberá acreditarse tener el seguro obligatorio en vigor y deberán abonarse los gastos del depósito o del desprecinto del vehículo.

3. No identificar al conductor: hasta 1.800 euros

Te llega una multa a casa, es tu coche, pero tú no conducías y la DGT te pide que identifiques al infractor.

El artículo 80 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial indica que el importe de estas infracciones "será el doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve, y el triple si es grave o muy grave".

Significa esto que si te niegas a decir quién conducía corres el riesgo de que la cuantía de la sanción se multiplique por dos o por tres. Esto supone que, por ejemplo, saltarse un semáforo en rojo pase de 200 a 600 euros.

4. Superar la tasa de alcohol permitida: hasta 1.000 euros y entre cuatro y seis puntos

La multa por conducir después de haber tomado alcohol depende de la cantidad ingerida (en este práctico tienes todos los límites de alcoholemia en España).

La cuantía de la multa por superar las tasas de alcohol permitida es de 500 euros y 4 ó 6 puntos que, pasaría a ser de 1000 euros y la retirada de 4 ó 6 puntos en el caso de que el conductor ya hubiera sido multado por alcoholemia en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa permitida, así como al que circule con una tasa que supere el doble de la permitida.

Si la prueba de alcoholemia arroja un resultado superior a 0,60 mg/litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro, la infracción pasará a ser delito. En ese caso, la sanción sería de pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

5. Dar positivo en drogas en un control: 1.000 euros y seis puntos del carné

La Ley distingue entre conducir con restos de drogas en el organismo y conducir bajo el efecto de las drogas.

El primer caso se pena con multa de 1.000 euros y la resta de puntos del permiso de conducir; el segundo tiene la consideración de delito y supone prisión de tres a seis meses, multa económica o trabajos para la comunidad de entre 30 a 90 días y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

Para demostrar que un conductor circula bajo los efectos de las drogas no basta con la prueba de la saliva, es necesario un test psicotécnico.

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