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Recupera todos los puntos tras saltarse dos semáforos

Recupera todos los puntos tras saltarse dos semáforos
El conductor que ha recuperado todos los puntos tras saltarse un semáforo en rojo suma dos a la larga lista de sanciones impuestas por los semáforos con cámara de Madrid y recurridas por Automovilistas Europeos Asociados. El conductor fue cazado dos veces en menos de 10 días en la calle Herrera Oria. Cada multa le condenaba a pagar 200 euros y a la resta de ocho puntos del permiso, pero dos sentencias consideran que no hay pruebas de la infracción.

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Dos sentencias devuelven a un conductor todos sus puntos tras haber sido multado por rebasar un semáforo en rojo.

En menos de días días fue multado en dos ocasiones por (presuntamente) pasar en rojo el semáforo con cámara situado en el número 83 de la madrileña avenida Cardenal Herrera Oria.

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Convencido de que no había cometido tal infracción y menos en dos ocasiones y en tan poco tiempo, se puso en contacto con los abogados de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) para que recurrieran las multas que le condenaban, cada una, al pago de 200 euros y la pérdida de ocho puntos del permiso (vamos que casi se quedaba sin carnet).

Automovilistas Europeos Asociados puso el tema en manos de los tribunales al considerar que el Ayuntamiento de Madrid no había respetado la presunción de inocencia y dos sentencias le dan la razón y permiten a este conductor recuperar todos los puntos del carnet (sin pasar por los cursos de recuperación).

"En este caso, el conductor sancionado no sólo ha recuperado los ocho puntos detraídos por estas dos infracciones sino la totalidad de su saldo de puntos, es decir, doce, porque estas sanciones, al haberse producido antes de transcurrir dos años desde la última cometida, impedían la recuperación total de sus puntos, que al anularse borra todos antecedentes desfavorables", explican desde AEA.

De acuerdo con el comunicado publicado por la asociación, las sentencias coinciden en señalar que “la única prueba de cargo del hecho imputado son las fotografías”. Por eso dicen que “no es posible deducir con certeza que rebasara el semáforo en fase roja, ni por la coloración de la luz del semáforo, ni por la posición de la lente que la emite, dado que por las condiciones climatológicas o por la iluminación ambiental en el momento de actuación del dispositivo fotográfico, que captó la imagen, no permiten determinar con precisión de cual de las tres lentes procede la luz del semáforo, que por su posición permita determinar, como en otros casos, que proviniera de la lente superior. Aparte de que las fotografías no permiten tampoco identificar la marca y matrícula del vehículo que aparece en ellas”.

Uno de los jueces además asegura que “al no poderse leer en la fotografía captada, que obra en el expediente administrativo (…) la matrícula del vehículo con el que se afirma se cometió la infracción, surge la duda de si realmente el recurrente cometió la infracción”.

En este vídeo puedes ver cómo funcionan los semáforos con cámara

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