20.000 euros de sanción, esta es la multa más cara que te puede poner la DGT

Elígenos como tu fuente preferida en Google.
Aprender las diferencias entre avisador, detector e inhibidor de radar es clave para no recibir sanciones de hasta varios miles de euros.
¿Cuál es la multa más elevada que contempla la normativa de tráfico en España? Puede alcanzar los 20.000 euros, una cantidad que está muy por encima de las sanciones habituales que pueden recibir los conductores por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT), pero tiene “truco”: no se aplica a infracciones comunes como superar el límite de velocidad, utilizar el teléfono móvil al volante o saltarse un semáforo.
La Ley sobre Tráfico contempla esta sanción tan levada solo para conductas muy concretas, las cuales deja claras en el artículo 80.2 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. En el apartado ‘d’ del mismo figura lo siguiente “las infracciones recogidas en el artículo 77.n), ñ), o), p), q), r), s) y t) se sancionarán con multa de entre 3.000 y 20.000 euros”.
Ahora bien, ¿cuáles son esas infracciones? Entre los supuestos incluidos están la realización de obras en la carretera sin la autorización correspondiente, la retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización; la incorrecta señalización de una obra que genera un riesgo para la seguridad vial, causar daños en la infraestructura de la vía, etc.
Sin embargo, la que interesa más a los conductores convencionales, porque es la que más les puede afectar a priori, es la que figura en el apartado ‘p’: “Instalar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico”.
6.000 euros de multa y hasta 6 puntos del carnet
La normativa prohíbe la instalación de inhibidores de radar, así como su uso, algo que considera como una infracción muy grave que implica una multa de 6.000 euros, así como la pérdida de hasta 6 puntos del carnet de conducir.
La prohibición es algo que se expresa de manera literal en el artículo 13.6 de la Ley de Tráfico aprobada en 2022: “Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo, se prohíbe utilizar mecanismos de detección de radares o cinemómetros”

Pero, si la cuantía que se aplica a los conductores es de como mucho 6.000 euros, ¿de dónde sale ese “hasta 20.000 euros”? En el supuesto de los inhibidores de radar, es la suma máxima que puede aplicarse a las empresas que se encargan de vender y/o de instalar este tipo de dispositivos.
Avisador, detector e inhibidor de radar
Aunque a menudo se utilizan como sinónimos, avisador, detector e inhibidor de radar son dispositivos diferentes y la normativa española establece consecuencias distintas para cada uno, así que conviene aclarar qué son y qué supone el uso de unos y otros.
La principal diferencia está en cómo obtienen la información sobre la presencia de un radar y, sobre todo, en si interfieren o no en su funcionamiento.
El avisador es el único sistema permitido, su funcionamiento se basa en una base de datos que contiene la ubicación conocida de radares fijos, de tramo o de otros puntos de control, y alerta al conductor cuando se aproxima a ellos. No detecta ninguna señal emitida por el radar ni interfiere con él.
Pueden estar integrados en navegadores, aplicaciones móviles o sistemas del propio vehículo (todo el mundo utiliza servicios como Google Maps o Waze), y su utilización es legal siempre que se limiten a informar de la ubicación de controles que ya figuran en fuentes públicas.
El detector funciona de una manera diferente porque, en lugar de consultar únicamente una base de datos, es capaz de captar las ondas que emiten determinados radares para identificar que existe un dispositivo de control próximo, es decir, interfiere físicamente con el dispositivo y es especialmente útil para detectar radares móviles incluso sin verlos.
Por ese motivo la legislación española prohíbe llevar instalado un detector de radar en el vehículo, algo que está considerado como una infracción grave y que conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos del permiso de conducir.
Es el inhibidor de radar el que va un paso más allá, porque su objetivo no es simplemente informar al conductor de la presencia de un radar, sino interferir en su funcionamiento para impedir o dificultar que pueda realizar correctamente la medición, evitando así la “cazada”.
Por este motivo, la legislación establece las consecuencias más severas para este tipo de dispositivos, está considerada una infracción muy grave y puede suponer una multa de 6.000 euros, además de la pérdida de 6 puntos del permiso de conducir, como comentábamos más arriba.


