Logo Autobild.es

Bajas temporales: así quiere acabar la DGT con los coches zombie

Coches zombie

Hace tiempo que la Dirección General de Tráfico inició su particular cruzada contra los llamados coches zombie. El nombre refleja su condición de muertos vivientes, es decir, vehículos (porque no solo son coche, también hay furgonetas zombie, motos zombie...) que han sido dados de baja pero que siguen en circulación.

Para la DGT, los coches zombie son un grave peligro. Lo primero porque no suelen estar en condiciones óptimas para la circulación: lo habitual es que sean vehículos antiguos que, al estar dados de baja, no tiene al día la ITV con lo que no se puede constatar su estado. Lo segundo, porque en caso de sufrir un accidente con uno de estos vehículos, el contrario no queda indefenso, pero sí se enfrenta a un proceso de reclamación más largo (que suele terminar en el Consorcio de Compensación de Seguros).

Por qué hay coches zombie

Como decimos, los coches zombie son aquellos que se han dado de baja de forma temporal pero siguen en circulación. La pregunta es: ¿por qué dar de baja un coche de forma temporal?

Coches zombie

Esta opción es completamente legal siempre y cuando el vehículo no vaya a circular y vaya a permanecer el tiempo que dure la baja estacionado en un espacio cerrado y privado (no, no puedes tenerlo en la calle aunque no lo muevas). Es un trámite pensado para aquellos conductores que, por diferentes razones no van a utilizar su coche durante un largo período de tiempo y quieren evitar asumir el pago de impuestos y seguro durante ese tramo.

La DGT limita las bajas temporales

Insisto: dar de baja un coche de forma temporal para no pagar ni seguro ni impuestos es un trámite legal, siempre y cuando el coche permanezca parado. El problema es que 

Para evitar la proliferación de los coches zombie, el Gobierno ha publicado una modificación en el Reglamento General de Vehículos (RGV) en la que se establece un límite máximo de un año para las bajas temporales de vehículos. Superados los 12 meses y salvo que el propietario haya formalizado la ampliación de la baja, el vehículo será automáticamente dado de alta con lo que volverá a necesitar un seguro, tendrá que pagar el impuesto de circulación... Es decir, volverá a estar en funcionamiento con todas sus consecuencias.

Etiquetas: DGT

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Autobild España.