Multa de 200 euros por no usar el casco y el chaleco reflectante en estas situaciones concretas que marca la DGT

Noticia
Añádenos en Google

Elígenos como tu fuente preferida en Google.

La entrada en vigor de la reforma del Reglamento General de Circulación contempla una serie de escenarios en los que pasa a ser obligatorio el uso de casco y chaleco reflectante.

Hoy, 1 de octubre, han entrado en vigor buena parte de las modificaciones introducidas en la reforma llevada a cabo en el Reglamento General de Circulación (RGC) para reforzar la protección a los usuarios vulnerables. La reforma introduce nuevas obligaciones para quienes utilizan vehículos de movilidad personal (VMP), bicicletas, motocicletas y ciclomotores, con especial atención a elementos de protección personal. Entre ellas se encuentran las relacionadas con el uso del casco y el chaleco reflectante, cuyo incumplimiento puede terminar en una multa de 200 euros. 

En el caso de los patinetes eléctricos, tal y como contempla la reforma del RGC impulsada por la Dirección General de Tráfico (DGT) y el Ministerio del Interior, el casco de protección pasa a ser obligatorio para todos sus conductores. Además, quienes circulen durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad deberán utilizar un chaleco reflectante.

Casco y chaleco obligatorio para usuarios de VMP y ciclistas

La propia DGT señala que, para los usuarios profesionales, conocidos habitualmente como riders, tanto el casco como el chaleco serán obligatorios en todo momento, independientemente de las condiciones de visibilidad o del momento del día. No utilizar estos elementos de protección constituye una infracción grave sancionada con 200 euros.

Esta última situación afecta también a quienes utilizan bicicletas como herramienta de trabajo. La reforma establece que los riders que desarrollen una actividad profesional utilizando bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento, independientemente del tipo de vía por el que circulen.

A diferencia de los usuarios no profesionales de patinetes eléctricos, la obligación de usar chaleco no se limita únicamente a la circulación nocturna o a situaciones de baja visibilidad cuando se trata de riders. El incumplimiento de estas obligaciones también está tipificado como infracción grave y lleva asociada la misma multa económica.

En el caso de las bicicletas existe además un cambio importante para todos los ciclistas que circulen por vías interurbanas. Desde hoy se eliminan las exenciones que permitían no utilizar el casco, por lo que el casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas en este tipo de vías.

La modificación mantiene, en cambio, una normativa diferente para los menores de 16 años, que están obligados a utilizarlo en todo tipo de vías. Para quienes desarrollan una actividad profesional sobre una bicicleta, el casco es obligatorio también en vías urbanas y travesías.

En resumen, los usuarios particulares de VMP deben llevar el chaleco reflectante de noche o cuando exista escasa visibilidad, mientras que un rider que utilice un VMP o una bicicleta para trabajar debe llevarlo siempre. En las bicicletas, además, quienes circulen por vías interurbanas de noche o cuando las condiciones meteorológicas o ambientales reduzcan la visibilidad deberán contar al menos con un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros.

Hay que tener en cuenta que no todas las obligaciones de la reforma comienzan hoy. En el caso de los VMP, deberán llevar el alumbrado encendido también durante el día, pero esta obligación no será efectiva hasta el 1 de octubre de 2027.

Ese mismo día entrará en vigor la obligación de que los cascos utilizados por los usuarios de ciclomotores estén homologados. Por su parte, la obligación relativa a los guantes de protección homologados para motocicletas y ciclomotores quedará pendiente de la entrada en vigor de la orden ministerial que establezca sus especificaciones técnicas.

Más novedades para bicicletas y patinetes eléctricos y sus multas

Por otro lado, la reforma del RGC que entra en vigor hoy contempla, en el caso de los VMP, una edad mínima de 15 años para poder conducirlos. Además, fuera de los núcleos urbanos se permite su circulación por vías segregadas del tráfico a motor, como vías ciclistas o carriles bici, salvo que exista una prohibición señalizada.

Mientras tanto, la nueva normativa recoge que el conductor que adelante a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite existente en ese tramo y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Además, cuando la calzada tenga más de un carril por sentido, deberá cambiar completamente de carril para realizar la maniobra.

En las vías urbanas, los ciclistas deberán circular por el centro del carril, mientras que los conductores de vehículos a motor tendrán que mantener una distancia mínima de 5 metros con respecto a los ciclistas que circulen delante de ellos por el mismo carril.

Por último, también se contempla que las autoridades municipales puedan permitir que las bicicletas circulen en ambos sentidos por calles de un único carril cuya velocidad máxima sea de 30 km/h o inferior, siempre que exista señalización que lo autorice.

Ver sus artículos

Aarón Pérez

Colaborador

Colaborador redacción motor Auto Bild España