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Compra de coches para minusválidos, ¿qué ventajas tienen?

Compra de coches para minusválidos, ¿qué ventajas tienen?
Sufrir una minusvalía otorga una serie de ventajas a la hora de comprar coche como el IVA superreducido. Ahora bien, no todo vale y hay que cumplir una serie de requisitos; también hay castigo para quienes tratan de aprovecharse.

Para disfrutar de las ventajas que Gobierno y concesionarios ofrecen por la compra de un coche a personas con minusvalía el primer requisito es aportar la documentación que confirme que el titular del vehículo tiene reconocida una minusvalía de, al menos, el 33%. 

Normalmente esto se demuestra con un Certificado de la Seguridad Social o los que emiten los departamentos de las respectivas Comunidades Autónomas.

Ayudas fiscales

El artículo 66 de la Ley de Impuestos Especiales dice que los vehículos que se matriculen a nombre de un minusválido tendrán las siguientes ventajas fiscales:

- exención del pago del impuesto de matriculación. Claro que esto, a día de hoy, no es mucho decir ya que cualquier coche con unas emisiones inferiores a 120 gr/CO2

- IVA superreducido. Es decir, en lugar de sumar un 21% del precio de fábrica como la mayor parte de los coches, suman un 4%.

- exención del impuesto de circulación, el famoso 'numerito'

Esto te puede pasar si aparcas en una plaza para discapacitados

Aunque no hay noticias de que el Gobierno esté planeando la puesta en marcha de un nuevo plan de ayudas a la compra, de llegar un Plan PIVE 2017 también contemplaría ayudas especiales para los vehículos para discapacitados.

Es de suponer que este hipotético Plan PIVE 9 daría un descuento de 3.000 euros a los coches matriculados a nombre de personas con minusvalía; la misma cantidad que la que se descontaba en planes anteriores a familias numerosas y el doble de lo que se daba al resto de compradores.

Ahora bien, para disfrutar de estas ventajas fiscales hay que cumplir dos requisitos:

1. Que hayan transcurrido al menos cuatro años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones. Salvo que la compra se deba a que el anterior haya sido declarado siniestro total y el comprador muestre los documentos que lo confirman.

2. Que la compra no sea objeto de transmisión por actor "inter vivos" durante el plazo de cuatro años siguientes a la fecha de matriculación.

No todos los minusválidos pueden aparcar en plazas azules

Nos parece interesante hacer un inciso aquí para hablar de las plazas de aparcamiento para minusválidos.

Está extendida la creencia de que sólo por circular en un coche para minusválidos puedes usar las plazas especiales, pero no es así.

Como hemos dicho al principio, para conseguir las ventajas fiscales derivadas de la matriculación de un coche a nombre de un discapacitado este tiene que certificar una minusvalía del 33% en adelante. Ahora bien, para conseguir la tarjeta de estacionamiento especial es necesario tener movilidad reducida reconocida.

Lo mismo sucede con la opción de aparcar gratis en zonas restringidasd, aunque esto depende de la normativa local de cada ciudad.

¿Quién puede conducir el coche matriculado a nombre de un minusválido?

Con la Ley en la mano, el coche que se matricula a nombre de un minusválido es de uso exclusivo para esa persona.

Se pueden dar dos casos:

- el discapacitado pueda conducir el coche (ya sea con o sin adaptaciones)

- el minusválido NO pueda conducir el coche y lo haya comprado a su nombre para que sean otras personas quienes le lleven

Surge entonces la pregunta: ¿qué pasa si me pillan al volante de un coche matriculado a nombre de un minusválido sin serlo?

Recurrimos a Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados para conocer la respuesta correcta. Nos explica que si se descubre que un coche matriculado a nombre de un minusválido está siendo conducido por alguien diferente al titular o sin este en su interior puede perder todos sus beneficios.

"No están llegando muchos casos en los que la infracción se descubre por investigaciones abiertas por la Agencia Tributaria", explica Mario Arnaldo. 

A los que son descubiertos incumpliendo la Ley se les aplica una sanción tributaria y se les obliga a devolver el dinero ahorrado con los intereses de demora correspondientes.

A todo esto hay una excepción: los matrimonios en los que ambos cónyuges tienen una discapacidad certificada. 

Aplicando la norma, lo correcto sería que el coche estuviese matriculado con ambos como titulares, pero como desde mayo de 2010 no se puede matricular un coche a nombre de dos personas la Ley admite que aparezca uno como titular y el otro lo pueda usar sin problema. Con una excepción: que no tengan otro coche en idénticas condiciones en la unidad familiar.

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