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Cómo recoger las mascarillas que han pedido los transportistas al Gobierno

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Cómo recoger las mascarillas que han pedido los transportistas al Gobierno para protegerse frente al coronavirus. Aquí todos los pasos a seguir.

La Resolución del pasado 2 de abril de 2020, llevado a cabo por la Dirección General de Transporte Terrestre (DETT), ha dictaminado la distribución de las mascarillas en el ámbito del transporte por carretera y ferrocarril como una medida para evitar la propagación del Coronavirus y proteger a todos los profesionales del transporte que trabajan diariamente frente a la enfermedad. Pero, ¿cómo recoger las mascarillas que han pedido los transportistas al Gobierno?

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Esta resolución llevada a cabo la DETT establece que las empresas con autorización de ámbito nacional o autonómico para realizar transporte público por carretera de viajeros o de mercancías podrán retirar las mascarillas asignadas de las oficinas de Correos que se determinen en función de la dirección postal que conste en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte (REAT).

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¿Qué documentación debes presentar?

Para la recogida de las mascarillas, los transportistas y empresas deberán presentar la siguiente documentación:

  • Titulares autónomos: DNI o equivalente
  • Titulares personas jurídicas: DNI o equivalente, y acreditación de representación válida de la empresa

¿Cómo recoger las mascarillas para los transportistas?

En la Orden TMA/263/2020, del 20 de marzo, conforme a la Resolución del 2 de abril de 2020, la DETT dicta instrucciones para la distribución de las mascarillas en el ámbito del transporte terrestre. Para su recogida se deben seguir los siguientes pasos:

Empresas con autorización de ámbito nacional o autonómico para el transporte de viajeros o mercancías

Las empresas con autorización de ámbito nacional o autonómico para realizar transporte público por carretera de viajeros o de mercancías no deben presentar ningún tipo de solicitud, ya que todo el trámite se realizará de oficio por parte de la Administración a través de las autoridades inscritas en el REAT.

El envío estará disponible en las oficinas de Correos más convenientes en función de la dirección postal del titular de cada autorización (puedes consultarlas en este enlace). Es importante presentar la documentación indicada en el apartado anterior.

Fuente: Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

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