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Trata de atropellar a un agente de la Guardia Civil tras dar positivo en alcohol

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Hasta tres delitos le podrían imputar a este conductor que trató de atropellar a un agente de la Guardia Civil tras dar positivo en un control de alcohol. Dos son delitos contra la seguridad vial, por conducir bajo los efectos del alcohol con una tasa superior a 0,61 mg/l y otro por conducción temeraria; el tercero es por atentado contra los agentes de la autoridad.

Según relata el diario La voz de Galicia, los hechos sucedieron en la carretera AC-183. Agentes de Tráfico de la Guardia Civil de A Coruña tenían colocado un punto de verificación de alcohol, drogas y movilidad. Dieron al alto a un conductor que tras ser sometido al control de alcoholemia arrojó un valor de 0,72 mg/l. El Reglamento de Circulación permite un máximo de 0,25 g/l (0,15 g(l en el caso de conductores noveles y profesionales) y tipifica como delito las tasas superiores a 0,61 mg/l.

Los agentes solicitaron al conductor que permaneciera dentro del vehículo para ser sometido a la segunda prueba que establece el protocolo. No solo no obedeció, sino que arrancó el vehículo y tras recorrer más de 400 metros realizó un cambio de sentido y trató de atropellar a uno de los agentes.

Una vez detenido, los agentes procedieron a inmovilizar el vehículo y realizar la segunda prueba. El resultado, en esta ocasión, fue de 0,75 mg/l.

Se le imputan dos delitos contra la seguridad vial

Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida puede ser infracción o delito. Si la cifra en aire espirado supera los 0,60 mg/l o si se conduce bajo los efectos de drogas y estupefacientes, la sanción es de tres meses de cárcel. Además se paga multa de seis a 12 meses, trabajos de ayuda a la comunidad durante 31/90 días y retirada del permiso entre uno y cuatro años.

Este conductor gallego está acusado también de delito por conducción temeraria. Se entiende por tal conducir con temeridad manifiesta y se aplica por conducir a velocidades o con tasas de alcohol superiores a las consideradas como delito. En estos casos la pena de prisión oscila entre seis meses y dos años, más la retirada del permiso de conducir entre uno y seis años.

Conducir con desprecio manifiesto a la vida de los demás eleva la pena mínima de prisión a dos años y la máxima a cinco años. Además, en estos casos se requisa el vehículo y el conductor se enfrenta a una multa de entre 12 y 24 meses y la retirada del permiso de conducir hasta 10 años. 

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