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Pasa por un radar de la Guardia Civil a 253 km/h y vuelve a comprobarlo

Pasa por un radar de la Guardia Civil a 253 km/h y vuelve a comprobarlo

Algunos no tienen remedio...

Nada más y nada menos que 133 km/h por encima del límite permitido ha sido cazado un coche en Murcia por la Guardia Civil. Y lo grave del caso no es eso, sino que, además, volvió para cerciorarse y fue entonces cuando la patrulla procedió a identificarle. Sí, leer para creer: pasa por un radar de la Guardia Civil a 253 km/h y vuelve a comprobarlo.

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Así lo cuenta la propia DGT en su cuenta de Twitter:

"Pasa por un punto de radar ¡a 253 km/h!, y vuelve para cerciorarse de la existencia del radar. La Guardi Civil de Murcia le paró e identificó entonces, en la A30 Fuente Álamo. Superar en 80 km/h el límite en vías interurbanas es delito contra la seguridad vial".

Muchos opinarán que hay exceso de radares y que muchos de ellos están puestos para pillar y recaudar. No vamos a entrar en ese debate ahora, que daría para charlar largo y tendido... Pero lo que sí es cierto es que las carreteras convencionales están limitadas a 90 km/h porque son las más peligrosas, ya que en ellas se registran 7 de cada 10 fallecidos en vías interurbanas. Así que circular a más de 200 km/h no parece una conducta digna de aplauso, sino más bien de reprimenda.

¿Qué sanción le corresponde? 

El margen tan amplio con el que superó el máximo de la vía, según los nuevos límites de velocidad, convierte este hecho en un delito, tal y como lo estipula el Artículo 379.1 del Código Penal. Así es cuando en una vía interurbana se circula a una velocidad superior en 80 km/h al límite establecido.

Límites velocidad 2021

Por lo tanto, el castigo económico será de 600 euros y la retirada de puntos ascenderá a 6. Además,  habría que añadir los siguientes castigos tipificados para las sanciones muy graves:

  1. Retirada del carnet de conducir durante un periodo que puede ir de 1 a 4 años.
  2. Prisión durante un periodo que puede oscilar entre 3 y 6 meses o una multa diaria de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

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