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El error de la DGT que aumenta de forma ilegal las multas a furgonetas

Error multas furgonetas
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Exclusiva Upday

Autobild.es ha tenido acceso informes que revelan que un error de la DGT ha estado aumentando la cuantía de las multas a furgonetas. El fallo salta cuando las propuestas de sanción de los agentes llegan al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas que la Dirección General de Tráfico tiene en León. Allí, las sanciones se aplican en base a una limitación genérica de velocidad a 70 km/h que no existe.

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De momento, solo hay constancia de que haya sucedido con sanciones tramitadas en Galicia, pero desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) advierten de que el fallo puede afectar a nivel nacional por lo que animan a los conductores que hayan sido sancionados en las últimas semanas a revisar sus notificaciones. 

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Velocidad genérica vs velocidad específica

Para entender qué está sucediendo con las multas, hay que tener claros dos conceptos:

  • La velocidad genérica es la que se asigna a cada tipo de vía: 120 km/h para autovías y autopistas; 90 km/h, para carreteras convencionales (esto es así desde hace unos meses, con anterioridad el límite de las carreteras secundarias era de 100 km/h) y 50 km/h en vías urbanas. También depende del tipo de vehículo, tal y como muestra la siguiente infografía:
limites velocidad
  • La velocidad específica de una vía se establece solo en algunos tramos por cuestiones de seguridad. Se aplica por encima de la genérica, de manera que, por ejemplo, en una autovía encontraremos limitados de manera específica a 90 km/h y nos multarán si circulamos por encima de esta y no de 120 km/h. Otra diferencia es que la específica se aplica por igual a todo tipo de vehículos

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El error de la DGT que aumenta de forma ilegal las multas a furgonetas

Es importante tener claros estos dos conceptos porque no tenerlo parece ser la razón del error de la DGT que se traduce en multas injustas para los conductores de furgonetas, vehículos mixtos, autobuses y camiones.

Tal y como se aprecia en la notificación que mostramos a continuación a modo de ejemplo, el conductor ha sido sancionado por superar la velocidad genérica de la vía fijada a 70 km/h. Si repasamos los límites genéricos no hay ninguna carretera en la que de forma genérica no se pueda circular a más de 70 km/h. 

Error multas DGT

Se suma otro error. La imagen que abre la noticia se aportó como prueba en los de los recursos presentados muestra que la velocidad específica en ese tramo concreto de vía es de 80 km/h. Desde el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas de León parece que se está aplicando por defecto la reducción de 10 km/h para furgonetas, cuando la velocidad específica es igual para todo tipo de vehículos. Es por eso que aunque reconocen que el límite máximo permitido es de 80 km/h, calculan la sanción como si fuera de 70 km/h.

Cientos euros y de puntos perdidos sin razón

“Habrá gente que haya podido perder el carnet sin tener que perderlo”, explican desde la asociación que denuncia esta situación.

Es fácil entender la razón. En el caso de los expedientes aportados a modo de ejemplo, se ha aplicado la sanción correspondiente a circular a 127 km/h en un tramo limitado a 70 km/h: 400 euros y cuatro puntos. Sobre el límite real de 80 km/h, la multa es de 300 euros y dos puntos. 

Multas por superar 90 km/h

Desde AUGC animan a todos los conductores que hayan sido sancionados en los últimos meses a revisar que no hayan sido víctimas de este error. "Tenemos constancia de que esto sucede desde 2019, en Galicia, pero pensamos que el error se podrá encontrar a nivel nacional", afirman.

Corregido... a medias

Desde el Subsector de Tráfico de Lugo han informado al Centro de Tramitación de Denuncias de León. Hace dos semanas, sus requerimientos fueron escuchados y el error subsanado... a medias.

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Las sanciones notificadas desde entonces aparecen con la cifra correcta (80 km/h en lugar de 70 km/h), pero el artículo en base al cual se establece la infracción sigue siendo incorrecto. "Todavía hablan de velocidad genérica de la vía, cuando es específica", aclaran los agentes. Esto, que puede parecer un detalle sin importancia es, en realidad, un defecto de forma que anularía la sanción si el conductor decidiese recurrirla.

Porque esa es otra, aunque en León tienen ya conocimiento de que llevan meses sancionando de forma incorrecta y por encima de lo establecido a cientos de conductores, no parece que tengan pensado devolver el dinero y los puntos anulados en exceso de forma voluntaria. Solo lo harán si los conductores encuentran el fallo e inician un recurso. “Habrá mucha gente que habrá perdido puntos o más dinero, pero de oficio no se los van a devolver”, sentencian nuestras fuentes.

¿También en Castellón?

Tras la publicación de este artículo, hemos recibido el aviso de lectores que aseguran haber sido víctimas del mismo error de la DGT en otros lugares de España.

En concreto, uno de nuestros lectores asegura haber recibido una notificación de sanción por haber superado la velocidad máxima establecida en una vía que según notifican desde Tráfico tendría una velocidad genérica limitada a 70 km/h cuando, en realidad, el límite es de 80 km/h. No aporta datos de carretera o importe de la sanción; sí que la multa ha sido en una vía secundaria de la provincia de Castellón.

Etiquetas: DGT

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